Que,
mediante Ley Nº 26850, se creó el Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como
organismo público descentralizado, adscrito a la
Presidencia del Consejo de Ministros;
Que,
mediante Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM y
013-2001-PCM, se aprobaron el Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado y su nuevo Reglamento, respectivamente;
Que
por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el
Crecimiento de la Inversión Privada, se estableció
la obligatoriedad para todas entidades de la
Administración Pública, de aprobar y publicar su
correspondiente Texto Unico de Procedimientos
Administrativos - (TUPA);
Que,
en el marco del proceso de simplificación
administrativa y en concordancia con los
lineamientos expuestos por el Programa de
Modernización de la Administración Pública de la
Presidencia del Consejo de Ministros, el Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado ha elaborado su Texto Unico Ordenado de
Procedimientos Administrativos - (TUPA);
De
conformidad con lo establecido en el inciso 2) del
Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 y
Decreto Supremo Nº 094-92-PCM;
DECRETA:
Artículo
1º .- Aprobar el
Texto Unico de Procedimientos Administrativos
(TUPA), del Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado - (CONSUCODE), que en anexo
adjunto forma parte integrante del presente decreto.
Artículo
2º .- El presente
Decreto Supremo será refrendado por el Presidente
del Consejo de Ministros.
Dado
en la Casa de Gobierno, a los veintidós días del
mes de mayo del año dos mil uno.
VALENTÍN
PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER
PÉREZ DE CUELLAR
Presidente del
Consejo de Ministros