TRAMITES

DS-061-2001-PCM

Ante la Presidencia

Ante la Secretaria General

Ante el Tribunal 

Ante la Gerencia de Administración y Finanzas

Ante la Gerencia de Conciliación y Arbitraje 

Ante la Gerencia de Registros

De los Ejecutores de Obras 

De los Consultores de Obras 

Fe de Erratas del T.U.P.A.

Contenido Completo de TUPA

Cualquier consulta remitirla a:
Correos CONSUCODE.

 
Procedimientos Administrativos y Tasas del CONSUCODE
Texto Unico de Procedimientos Administrativos T.U.P.A.
(Aprobado por Decreto Supremo Nº 127-2002-PCM del 04.12.2002)

IV. ANTE LA GERENCIA DE REGISTROS

     TUO - Ley N° 26850 y su Reglamento Publicada 13.02.2001

32. DE LOS CONSULTORES DE OBRAS PUBLICAS.     

32.1. DE LA INSCRIPCIÓN

32.1.1.- Requisitos de Inscripción.

a).- Persona Natural

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial, al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los documentos y de la información proporcionada, según modelo oficial.

- Copia simple del currículum vitae actualizado al mes anterior de la presentación del expediente debidamente firmado por su emisor donde consten los trabajos y estudios realizados. 

- Copia simple del Certificado de Afiliación al Colegio  Profesional correspondiente.

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP,  vigente al momento de la presentación del expediente; y la de los miembros del plantel técnico si lo hubiere.

- Declaración Jurada de socios comunes, cuando corresponda, según modelo.

  La experiencia en los trabajos de consultoria  realizados se acreditara de la siguiente manera:

- En el caso de consultorías de obras públicas culminadas presentarán: copia simple del contrato u orden de servicio y copia simple de la constancia  expedida por la entidad contratante por el servicio prestado.

- En el caso de consultorías de obras privadas presentarán copia simple del contrato, comprobantes de pagos, copia del certificado de proyectos emitido  por el Colegio respectivo y la constancia de culminación aceptada por el propietario.

- En el caso de servicios de consultoría  de obras públicas culminadas en el exterior, los contratos y demás documentos sustentatorios, deberán estar   legalizados por el Consulado Peruano en el lugar de su expedición y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.

- Documentos complementarios o sucedáneos a los señalados que demuestren fehacientemente el servicio  de consultoría realizado, cuando el caso lo amerite.
TASA 0,50 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

b).- Persona Jurídica

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según  modelo oficial, al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los documentos y de la información proporcionada, según modelo oficial

- Copia   simple de la Escritura Pública de constitución y el último  aumento de capital, si lo  hubiere, debidamente inscrito en los Registros Públicos.

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP de los miembros del plantel técnico vigente al momento de  la presentación del expediente. 

- Copia simple de su licencia municipal de  funcionamiento vigente. 

- Declaración Jurada de socios comunes, cuando corresponda, según modelo

- Balance de Apertura con firma y sello de C.P.C., cuando corresponda.

- Balance del último ejercicio presentado a la SUNAT acreditando solvencia económica. 

- Estados Financieros suficientes (Balance General, Estados de Ganancias y Pérdidas y notas) firmados y sellados por C.P.C, con una anterioridad no mayor  a  dos meses de la fecha de presentación del expediente, acreditando solvencia económica. 

  La experiencia en los trabajos de consultoria realizados se acreditará de la siguiente manera:

- En el caso de consultorías de obras públicas culminadas presentarán: copia simple del contrato u orden de servicio y copia simple de la constancia expedida por la entidad contratante por el servicio  prestado.

- En el caso de consultorías de obras privadas presentarán: copia simple del contrato,    copias simples de las facturas cobradas al propietario, los pagos del IGV a la SUNAT y la   constancia de culminación de los trabajos expedido por el referido propietario.

- En el caso de servicios de consultoría  de obras públicas culminadas en el exterior, los contratos y demás documentos sustentatorios, deberán estar legalizados por el Consulado Peruano en el lugar de su expedición y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.

- Documentos complementarios o sucedáneos a los señalados que demuestren fehacientemente el servicio de consultoría realizado, cuando el caso lo amerite.

TASA 1,00 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.1.2 Requisitos para la Renovación

a).- Persona Natural

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial, al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los documentos y de la información proporcionada, según modelo

- Declaración   Jurada  sobre   socios   comunes, cuando corresponda, según modelo

- Estar   al   día  en  la   presentación  del  récord de consultoría de obras.

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP,  vigente al momento de la presentación del  expediente.

TASA 0,50 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

b).- Persona Jurídica

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según  modelo oficial, al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los documentos y de la información proporcionada, según modelo

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP de los mienbros del plantel técnico vigente al momento de la presentación del expediente.

- Balance del último ejercicio presentado a la SUNAT, acreditando solvencia económica.

 - Estados Financieros suficientes (Balance General,  Estados de Ganancias y Pérdidas y notas), firmados y sellados por C.P.C, con una antiguedad no mayor de dos meses de la fecha de presentación del expediente, acreditando solvencia económica.

- Declaración Jurada que su licencia municipal de funcionamiento sigue vigente, según modelo.

- Declaración Jurada sobre socios comunes, cuando corresponda, según modelo

- Estar   al  día  en   la   presentación  del  Récord de Consultoría de Obras.

TASA 1,00 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.1.3 Requisitos   para   la Ampliación de Especialidad

a).- Persona Natural

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según  modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los  documentos y de la información proporcionada, según  modelo

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP,  vigente al momento de la presentación del

  expediente.

- Declaración Jurada  sobre  socios  comunes,  cuando corresponda, según modelo

- Estar al día en al presentación del récord de  consultoría de obras

  La experiencia en los trabajos de consultoria   realizados se acreditará de la siguiente manera:

- En el caso de consultorías de obras públicas culminadas  presentarán: copia simple del contrato u orden de    servicio y copia simple de la constancia  expedida por la entidad contratante por el servicio    prestado.

- En el caso de consultorías de obras privadas   presentarán copia simple del contrato, comprobantes  de pagos, copia del certificado de proyectos emitido  por el Colegio respectivo y la constancia de    culminación aceptada por el propietario.

- En el caso de servicios de consultoría de obras   públicas culminados en el exterior, los contratos y   demás documentos sustentatorios deberán estar   legalizados por el Consulado Peruano en el lugar   de su expedición y refrendado por el Ministerio de   Relaciones Exteriores en el Perú.

- Documentos complementarios o sucedáneos a los  señalados que demuestren fehacientemente el   servicio de consultoría realizado, cuamdo el caso lo   amerite.

TASA 0,50 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

b).- Persona Jurídica

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según  modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los  documentos y de la información proporcionada, según  modelo.

- Constancia de habilidad en el CIP o CAP de los  miembros del plantel técnico vigente al momento   de la presentación del expediente.

- Declaración  Jurada sobre  socios  comunes,   cuando corresponda, según modelo.

- Estar   al  día  en   la   presentación  del  récord de  de consultoría de obras.

  La experiencia en los trabajos de consultoria   realizados se acreditará de la siguiente manera:

- En el caso de consultorías de obras públicas culminadas  presentarán: copia simple del contrato u orden de    servicio y copia simple de la constancia  expedida por la entidad contratante por el servicio    prestado.

- En el caso de Consultorías de obras privadas   presentarán:copia simple del contrato, las facturas   cobradas al propietario, los pagos del IGV a la SUNAT    y la constancia de culminación de trabajos expedidos  por el referido propietario.

- En el caso de servicios de consultoría de obras   públicas culminadas en el exterior, los contratos y     demás documentos sustentatorios, deberán estar     legalizados por el Consulado Peruano en el lugar de su  expedición y refrendado por el Ministerio de Relaciones  Exteriores en el Perú.

- Documentos complementarios o sucedáneos a los  señalados que demuestren fehacientemente el   servicio de consultoría realizado, cuando el caso lo   amerite.

TASA 1,00 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.1.4. Modificación de Inscripción de matriz a sucursal o viceversa

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración  Jurada  sobre  la  veracidad  de los  documentos y de la información presentada, según modelo oficial.

- Copia   simple   de   la   Escritura    Pública   de  Establecimiento de Sucursal, debidamente inscrita  en los Registros Públicos, cuando corresponda.

-  Copia simple de la licencia municipal de  funcionamiento vigente, cuando corresponda.

- Declaración Jurada sobre socios comunes, cuando corresponda.  

- Estar al día en la presentación del récord de  consultoria de obras.

TASA 1,00 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.1.5 Cambio de Razón  o Denominación Social  

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los  documentos y de la información proporcionada,   según modelo.- Copia   simple   de   la   Escritura Pública de  cambio   de    razón  o denominación social inscrito    en los Registros Públicos.- Declaración  Jurada  sobre  socios  comunes,   cuando corresponda, según modelo- Estar   al  día  en   la   presentación  del récord de  consultoría de obras.

TASA 0,12 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.2.- INSCRIPCIÓN DE CONSORCIOS

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los  documentos y de la información proporcionada, según  modelo.

- Copia simple  del  contrato de formalización del   consorcio con firmas legalizadas.

- Copia simple  del aviso  de  adjudicación  de  la   Buena Pro.

- Tener inscripción vigente en el Registro Nacional  de Contratistas.

- Los integrantes del consorcio deben estar al día en  la presentación de su récord de consultoría de obras.

TASA 0,25 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.3.- INSCRIPCIÓN DE SUB-CONTRATOS

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros según modelo oficial al cual se adjuntarán:

- Declaración Jurada sobre la  veracidad  de  los  documentos y de la información proporcionada, según  modelo

- Copia simple del sub - contrato de consultoría de obra.

- Documento  donde  conste  la autorización de la  entidad contratante al sub - contrato.

- Tener inscripción vigente en el Registro Nacional  de Contratistas.

- Estar   al  día  en   la   presentación  del  Récord de Consultoría de Obras.

TASA 0,12 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.4 Constancia de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Copia  simple  de  la   publicación  en  el  diario Oficial "El Peruano" del otorgamiento de la Buena Pro y/o  documento  de  la  entidad  que  acredite la adjudicación a su favor.

TASA  
- Persona Natural 0,03 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,06 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.5. EMISIÓN DE NUEVO CERTIFICADO

32.5.1 Por pérdida o robo

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Copia simple de denuncia policial

TASA  
- Persona Natural 0,036 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,072 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.5.2 Por deterioro

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Devolución del certificado original

TASA  
- Persona Natural 0,036 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,072 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.5.3 Renuncia a la vigencia en el RNC.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros con firma legalizada ante notario.

- Devolución del certificado original

TASA 0,05 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.5.4 Por cambio de datos en los socios, representante legal o domicilio.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Devolución del certificado original

- Documentos que sustenten los cambios de datos

TASA  
- Persona Natural 0,036 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,072 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.6. REGULARIZACIONES POR PRESENTACIONES EXTEMPORÁNEAS

32.6.1 De los Consorcios 

Presentación  del  Consorcio después de los treinta (30) días 

de consentida el otorgamiento

de la buena pro.

 

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Declaración  Jurada  sobre  la  veracidad  de los documentos y de la información presentada. 

- Copia  simple  del  aviso  de  adjudicación de la Buena Pro. 

- Copia  simple  del contrato  de formalización del consorcio con firmas legalizadas.

- Tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Contratistas.

- Los integrantes del consorcio deben estar al día en la presentación de su récord de consultoría de obras.

TASA 0,50 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.6.2 De los Sub-Contratos

Presentación  del  sub-contrato después de los treinta (30) días del concedida la autorización

 

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Declaración  Jurada  sobre  la  veracidad  de los documentos y de la información presentada, según modelo oficial.

- Copia  simple  del  sub-contrato de consultoría de obra.

- Documento  donde  conste   la  autorización de la entidad contratante al sub-contrato.

- Tener    inscripción    vigente    en    el  Registro Nacional de Contratistas.

- Estar al día en la presentación del récord de consultoría de obras.

TASA 0,20 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias naturales (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros
- APELACIÓN Presidencia

 

32.6.3 Del Récord de obras

- Presentación del récord de  consultoría de obras después de los diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes. 

TASA 0,05 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

32.6.4Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado

Presentación  del  Consorcio después de los treinta (30) días de consentida el otorgamiento de la buena pro.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Copia  simple  de  la  publicación  en  el   Diario Oficial "El Peruano" del otorgamiento de la Buena Pro y/o  documento  de la Entidad que acredite la  adjudicación, a su favor.

TASA  
- Persona Natural 0,06 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,12 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

33. EXPEDICIÓN DE LISTADOS

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

TASA  
- De 1   a 10 Registros 0,05 U.I.T.
- De 11 a 20 Registros 0,10 U.I.T.
- por Registro adicional solicitado 0,005 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

34. BÚSQUEDA Y MANIFIESTO 

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Indicar el nombre,  denominación o razón social  de quien solicita la busqueda y  manifiesto.

TASA Por cada uno de los solicitados 0,006 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

35. EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTENTICADAS

      Ley N° 27444 - Publicada el 11.04.2001

 

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Indicando los documentos generados por el Registro Nacional de Contratistas o del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado del cual requiere las copias autenticadas.

TASA x folio 0,0036 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

36. EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES

      Ley N° 27444 - Publicada el 11.04.2001

 

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Indicando los documentos generados por el Registro Nacional de Contratistas o del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado del cual requiere las copias simples.

TASA x folio 0,0012 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

37. DE LOS PROVEEDORES DE BIENES, SERVICIOS Y ARRENDADORES

37.1.   Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros:

- Copia   simple  de   la   publicación en el diario  oficial  "El  Peruano"  del  otorgamiento   de  la   Buena  Pro  y/o   documento  de la Entidad que  acredite la adjudicación, a su favor.

TASA  
- Persona Natural 0,03 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,06 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

37.2.   Regularización de la Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado.

Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros después de  los quince (15) dias de consentida el otorgamiento  de la Buena Pro:

- Copia   simple  de   la   publicación en el diario  oficial  "El  Peruano"  del  otorgamiento   de  la   Buena  Pro  y/o   documento  de la Entidad que    acredite la adjudicación, a su favor.

TASA  
- Persona Natural 0,06 U.I.T.
- Persona Jurídica 0,12 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO APROBACIÓN AUTOMÁTICA
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros

 

38. RECURSO DE  RECONSIDERACIÓN CONTRA LAS RESOLUCIONES EXPEDIDAS POR LA GERENCIA DE LOS REGISTROS

- Los requisitos serán todos los establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General.

-  Presentarse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado con el acto recurrido

 

TRAMITACIÓN ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS

- Los   procedimientos  para  los  trámites ante el Registro   Nacional    de    Contratistas    se inician en la oficina de Trámite Documentario (Mesa  de  Partes)  del  CONSUCODE,  o en sus Oficinas Desconcentradas con la presentación de la respectiva solicitud dirigida al Gerente de los Registros y recaudos exigidos para cada trámite.

- La  emisión  de  las  hojas de observaciones se hará dentro de los siete (7) días hábiles de presentada  la solicitud, la misma que se remitirá al Departamento de Trámite Documentario, para su entrega al interesado.

-Las observaciones efectuadas también serán notificadas  vía correo electrónico a los emails indicados en la  solicitud el mismo día en que son realizadas, y copia de dicha remisión será agregada al expediente debidamente  firmada por el instructor responsable.

- La  emisión  de  las  hojas de observaciones se hará dentro de los siete (7) días hábiles de presentada  la solicitud, la misma que se remitirá al Departamento de Trámite Documentario, para su entrega al interesado.

-Las observaciones efectuadas también serán notificadas  vía correo electrónico a los emails indicados en la  solicitud el mismo día en que son realizadas, y copia de dicha remisión será agregada al expediente debidamente  firmada por el instructor responsable.

- El plazo para la subsanación de observaciones es de treinta (30) días calendarios improrrogables contados, de ser el caso, a partir del octavo día de presentada la solicitud, salvo que la notificación se  produzca antes, en cuyo caso el plazo antes mencionado se computará a partir de dicha fecha. 

- El plazo para la subsanación de observaciones de las constancias, es de diez (10) días hábiles improrrogables 

- Vencido  el plazo  para  el levantamiento  de las  observaciones, y no habiéndolas subsanado, se  declarará abandonada la referida solicitud y por ende el importe de la tasa abonada corresponderá a  CONSUCODE.

 

DISPOSICIONES FINALES

  1. Los  documentos procedentes del extranjero presentados   como   sustento   o   anexo  en  los trámites  ante  el  CONSUCODE,  deberán  estar legalizados por el  Consulado Peruano en el país de  origen  y  refrendados   por  el  Ministerio   de Relaciones Exteriores en el Perú. Asimismo   deberá  acompañarse  la  traducción  simple  cuando  el  caso así lo requiera.

  2. Para  acreditar la solvencia económica, las empresas extranjeras deberán presentar sus estados financieros  (no consolidados) del   último   ejercicio debidamente auditados (Informe del Auditor y mínimo Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas ) (no memorias) debidamente legalizado por el Consulado Peruano en el lugar de su domicilio y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.

  3. Para   acreditar     al     representante   legal,   las empresas extranjeras no domiciliadas en el país, deberán   adjuntar  copia simple de la inscripción en  los Registros  Públicos   del  Perú,   del   poder otorgado,    conforme     lo    dispone    la    Quinta  Disposición    Complementaria  del  Decreto Legislativo N° 757 -  Ley  Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada.

  4. La experiencia en la especialidad para los Consultores de Obras se acreditará como mínimo con dos (02) servicios de consultoría de obras culminadas.

  5. La persona natural extranjera que desee inscribirse como tal en el RNC, deberá previamente acreditar poseer la calidad migratoria de independiente o inmigrante, conforme lo exige la Ley de Extranjería Peruana y adicionalmente estar inscrita en el CIP o CAP, según corresponda, para el ejercicio de su profesión en el país.

  6. El plantel técnico que presenten las personas juridicas extranjeras, necesariamente deberán estar inscritas en el CIP o CAP según corresponda, para el ejercicio de su profesión en el país.

  7. Cuando el Ejecutor de Obras solicite la Renovación después de haber vencido la vigencia de su inscripción en el RNC, se le recalculará la Capacidad Contratación anteriormente otorgada, siendo el tope máximo, la que tuvo anteriormente, pudiendo en este caso acreditar nuevas obras para dicho fin.

  8. Cuando el Consultor de Obras solicite la Renovación después de haber vencido la vigencia de su inscripción en el RNC, se le recalificará las Especialidades anteriormente otorgada, siendo el  tope máximo, las que tuvo anteriormente, pudiendo en este caso acreditar nuevos contratos de consultoria culminados y debidamente documentados para mantener especialidades anteriormente otorgadas.

  9. Si un contratista presenta estados financieros con pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, para acreditar solvencia económica, deberá capitalizar dicha pérdida y mostrar el nuevo capital social inscrito en Registros Públicos.

  10. Si en trámite distinto al de inscripción se acredita nuevos socios, nuevas participaciones, nuevo capital o nuevos directores, se deberá presentar copia del instrumento de donde emana el mismo, debidamente  inscrito donde lo precisa la ley.

  11. Si una Sucursal Extranjera establecida en el Perú  e inscrita en el RNC, optara por transformarse en alguna de las formas societarias previstas en la Ley  General de Sociedades, deberá tramitar su inscripción como Empresa Nacional nueva.

    12.- Para  el  pago  de  las tasas fijadas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA se requerirá el comprobante de pago expedido por la  Tesorería  del CONSUCODE o boleta de depósito en las  cuentas  corrientes y/o ahorros del  CONSUCODE en los bancos correspondientes.

 

BASE LEGAL

- Decreto Supremo N° 012-2001-PCM - Texto Unico  Ordenado de la Ley de Contrataciones y   Adquisiciones del Estado, publicado el 13.02.2002

- Decreto Supremo 013-2001-PCM - Reglamento  de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del   Estado, publicado el 13.02.2002

- Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo  General, publicada el 11.04.2001

- Decreto Supremo 018-2001-PCM - Procedimiento  para acceso a la información de las Entidades,  publicado el 27.02.2001

- Decreto Legislativo N° 757 - Ley Marco para el   Crecimiento de la Inversión  Privada, publicada el  13.11.1991.

- Decreto Legislativo N° 776 - Ley de Tributación  Municipal - publicada el 31.12.1993.

- Decreto Legislativo N° 703 - Ley de Extranjeria  publicada el 14.11.1991.

- Ley N° 26887 - Ley General de Sociedades  publicada el 09.12.1997.

- Ley N° 16053 - Ley de Ejercicio Profesional de  Ingenieros y Arquitectos. - publicada el 08.02.1966.

 

TASA 0,12 U.I.T.
PLAZO PARA EL PRONUNCIAMIENTO treinta(30) dias hábiles (silencio negativo)
INICIO DE TRÁMITE Dpto. Trámite Documentario
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE Gerencia de Registros
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN  
- RECONSIDERACIÓN Gcia.Registros