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PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN PASO Nº 1: Información: Desde el 28 de junio de 2006, los proveedores de bienes y/o de servicios que no estén inscritos en el RNP, no pueden participar en calidad de postores en ningún proceso de selección ni contratar con el Estado. Los locadores de servicios o servicios no personales que a partir del 28 de junio de 2006 suscriban contratos complementarios, deben acreditar su inscripción en el RNP. Los locadores de servicios o servicios no personales que tengan contrato vigente al 28 de junio del 2006, no están obligados a acreditar su inscripción en el RNP para los efectos de las prórrogas de su respectivo contrato. PASO Nº 2: El proveedor deberá realizar el pago en efectivo de la tasa correspondiente ante cualquiera de las agencias de los Bancos autorizados, para lo cual deberá tomar en cuenta el monto de ventas anuales brutas de su empresa y si es proveedor de bienes, proveedor de servicios o proveedor de bienes y servicios. De acuerdo a las actividades comerciales que realiza el proveedor, a la fecha de su inscripción, existen tres alternativas:
(1) Proveedor de bienes
En cualquiera de los tres
casos, el proveedor se inscribirá pagando una sola tasa. Por tanto, es importante que el proveedor verifique que el número de RUC que figura en la constancia de pago sea el que realmente le pertenece. Tasas para la Inscripción de proveedores de Bienes y/o Servicios:
Bancos Autorizados:
PASO Nº 3: Transcurridos dos (2) días hábiles de realizado el pago de la tasa correspondiente en la entidad financiera, el proveedor ingresará a la página web de CONSUCODE al módulo habilitado para verificar el estado de su inscripción; ingresará su número de RUC y una vez validado el RUC ingresado, obtendrá su NÚMERO DE TRÁMITE (1) (Click aquí para ingresar al módulo), y en caso su trámite de inscripción haya iniciado de manera satisfactoria (ver CASOS EN LOS CUALES LA INSCRIPCIÓN NO PROCEDE) usted podrá ingresar (2) a la casilla de correo creada por CONSUCODE para obtener su constancia de inscripción electrónica. Para este efecto deberá digitar su RUC como nombre de usuario y su número de voucher (o constancia de pago) como contraseña. El domicilio que figurará en la constancia de inscripción electrónica será aquél que el proveedor de bienes y/o de servicios declaró a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). (*) EN LA SIGUIENTE PANTALLA SE INDICA CÓMO UBICAR SU NÚMERO DE TRÁMITE Y COMO INGRESAR A LA CASILLA DE CORREO PROPORCIONADA POR CONSUCODE:
CASOS EN LOS CUALES LA INSCRIPCIÓN NO PROCEDE
PASO Nº 4: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de efectuado el pago de la tasa, el proveedor deberá presentar en la sede principal de CONSUCODE o en sus oficinas desconcentradas de Arequipa, Chiclayo, Huancayo, Trujillo, Cusco, Piura e Iquitos por correo postal, o de manera presencial, la documentación exigida en el TUPA de CONSUCODE, en un sobre debidamente rotulado. El sobre en que se presente la documentación debe rotularse como se indica a continuación:
La documentación a presentarse es la siguiente: En caso de Persona Natural: 1. Solicitud según formato oficial. (Click aquí para descargar formularios) 2. Copia legible de la constancia de pago de la tasa emitida por el banco. En caso de Persona Jurídica: 1. Solicitud según formato oficial. (Click aquí para descargar formularios) 2. Copia legible de la constancia de pago de la tasa emitida por el banco. 3. Copia simple de la licencia de apertura de establecimiento vigente. En caso que la licencia tenga más de un año de expedición, se adjuntará también copia simple de la declaración jurada de permanencia en el giro presentada a la municipalidad. PASO Nº 5: Si una vez recibida la documentación, el Registro Nacional de Proveedores detecta que está incompleta o con información errada, le concederá al proveedor un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de comunicación efectuada a la cuenta de correo electrónico habilitada por CONSUCODE, a fin que cumpla con presentar los requisitos faltantes o efectuar las correcciones correspondientes. Si el proveedor no cumple con presentar la totalidad de la documentación exigida por el TUPA de CONSUCODE o efectuar las correcciones correspondientes, en los plazos antes señalados, se le suspenderán la inscripción y la constancia de inscripción electrónica obtenida vía Internet hasta el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA.
IMPORTANTE
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