01 |
CONSORCIO PROVEEDORES
S.A.C. |
12598
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Resolución de Presidencia
Nº
588-2007-CONSUCODE/PRE
del 19.11.2007.
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Declarar la NULIDAD
de la Resolución de Subgerencia N° 1650-2007-CONSUCODE/GRNP-SOR de
fecha 03.04.2007 que aprobó su INSCRIPCIÓN como Ejecutor de Obras en
el Registro Nacional de Proveedores y del Certificado de Inscripción
N° 863 de fecha 10.04.2007; así como disponer el inicio de las
acciones legales correspondientes contra el representante legal de
la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la
presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional
(falsa declaración en procedimiento administrativo)y contra la fe
pública( falsificacion de documentos) en agravio de CONSUCODE y
poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador
a que hubiere lugar.
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02 |
PLAMOL S.R.L. |
B0018693
S0058475 |
Resolución de Presidencia
Nº
607-2007-CONSUCODE/PRE
del 03.12.2007.
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Declarar la NULIDAD
de la INSCRIPCIÓN como proveedor de bienes y servicios en el
Registro Nacional de Proveedores de la empresa PLAMOL S.R.L..con
registros números B0018693 y S0058475, así como disponer el inicio
de las acciones legales contra el representante legal y contra todos
aquellos que resulten responsables por la presunta comisión del
delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en
procedimiento administrativo) y contra la fe publica (falsificacion
de documentos públicos) en agravio de CONSUCODE y poner este hecho
en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere
lugar.
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03 |
C.V. SERVICIOS Y
CONSTRUCCIONES E.I.R.L. |
12774
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Resolución de Presidencia
Nº
598-2007-CONSUCODE/PRE
del 21.11.2007.
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Declarar la NULIDAD
de la Resolución de Subgerencia N° 2351-2007-CONSUCODE/GRNP-SOR de
fecha 08.05.2007 que aprobó la INSCRIPCIÓN como Ejecutor de Obras en
el Registro Nacional de Proveedores y del Certificado de Inscripción
N° 1191 de fecha 10.05.2007; así como disponer el inicio de las
acciones legales correspondientes contra el representante legal de
la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la
presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional
(falsa declaración en procedimiento administrativo)y contra la fe
pública( falsificacion de documentos) en agravio de CONSUCODE y
poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador
a que hubiere lugar.
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