RESULTADO DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR PERIODO JUNIO 2007

Contratista
Nº Reg.
Nº Resolución
Sumilla de Resolución
01

J.P.C. INGENIEROS E.I.R.L.

9086

Resolución de Presidencia

Nº 117-2007-CONSUCODE/PRE

del 06.032007.

Declarar la NULIDAD de la Resolución de Gerencia N° 0561-2006-CONSUCODE/GR de fecha 02.03.2006 que aprobó su RENOVACIÓN de INSCRIPCIÓN como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Proveedores y del Certificado de Inscripción N° 340 de fecha 03.03.2006; así como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) en agravio de CONSUCODE y poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar.

02

CHINA JIANGSU INTERNATIONAL ECONOMIC TECHNICAL COOPERATION CORPORATION (PERÚ)

8604

Resolución de Presidencia

Nº 125-2007-CONSUCODE/PRE

del 09.03.2007.

Declarar la NULIDAD de la Resolución de Subgerencia N° 2266-2006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 05.10.2006 que aprobó su RENOVACIÓN de INSCRIPCIÓN como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Proveedores y del Certificado de Inscripción N° 2009 de fecha 10.10.2006; así como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) y contra la fe pública en agravio de CONSUCODE y poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar.

03

KRISLEY SERVICIOS GENERALES E.I.R.L.

11502

Resolución de Presidencia

Nº 217-2007-CONSUCODE/PRE

del 19.04.2007.

Declarar la NULIDAD de la Resolución de Gerencia N° 0670-2006-CONSUCODE/GR de fecha 13.03.2006 que aprobó su INSCRIPCIÓN como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Proveedores y del Certificado de Inscripción N° 393 de fecha 15.03.2006; así como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) y contra la fe pública en agravio de CONSUCODE y poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar.

 

Lima, Julio de 2007

 

Gerencia de Registros