RESOLUCIÓN DE
Nº 4216/2009-OSCE/SREG Jesús María, 21 de
mayo de 2009 VISTO: el expediente del trámite de INSCRIPCIÓN
como EJECUTOR DE OBRAS de la
empresa CORPORACIÓN JM S.A.C., con
Registro N° 15687, aprobado con Resolución de
C O N S I D E R A N D O: Que,
con fecha 21.05.2008, la empresa CORPORACIÓN
JM S.A.C. presentó su solicitud de INSCRIPCIÓN
como EJECUTOR DE OBRAS ante el
Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante Resolución de
Que, en cumplimiento a lo prescrito en
el artículo 32° de Que, mediante
Carta s/n de fecha 08.04.2009, recibida el 13.04.2009, el arquitecto Juan José Melgarejo Blanco informó
que dejó de formar parte del plantel técnico de la empresa CORPORACIÓN JM S.A.C., a partir del 09.02.2009,
según puede verse de la copia de la respectiva carta de renuncia; Que, al
respecto, los artículos 7.12° numeral 2 y 7.16° del Reglamento de Que, adicionalmente, los artículos 7.18° y 8°
del Reglamento de Que, de
la evaluación efectuada y lo informado por
Estando
a lo dispuesto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de
S E R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar
que la empresa CORPORACIÓN JM
S.A.C. tiene
expedito su derecho para iniciar el trámite de Renovación de Inscripción en el
Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en
el TUPA de OSCE. Regístrese,
comuníquese y publíquese L.
KATUSHKA TAPIA SOLARI Subdirectora
del Registro (e) INFORME N.° 237-2009-DSF/SFIS A : JUAN
ANTONIO SILVA SOLOGUREN Director de
Supervisión, Fiscalización y Estudios (e) DE : HEBER
CUSMA SALDAÑA Subdirector
de Fiscalización (e) ASUNTO : Procedimiento de Fiscalización
Posterior al trámite de INSCRIPCIÓN como
EJECUTOR DE OBRAS seguido por la empresa CORPORACIÓN JM S.A.C. FECHA : Jesús María, 08 de mayo de 2009 Con relación al asunto,
cumplo con informar a usted lo siguiente: I.
ANTECEDENTES. 1.
Con fecha 21.05.2008, la empresa CORPORACIÓN JM S.A.C. presentó su
solicitud de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro
Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante Resolución de
Subdirección N.° 5017/2008-CONSUCODE/SRNP
de fecha 10.06.2008, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100 NUEVOS
SOLES (S/ 1,189,999.99), expidiéndosele el Certificado de Inscripción N° 2557
de fecha 10.06.2008, con vigencia hasta el 10.06.2009, acreditando como
integrante de su plantel técnico al Arquitecto Juan José Melgarejo Blanco. 2.
En
cumplimiento a lo prescrito en el artículo 32° de
3.
Mediante Carta s/n de fecha 13.04.2008, recibida el
13.04.2009, el arquitecto Juan
José Melgarejo Blanco informó que dejó de formar parte del plantel técnico de
la empresa CORPORACIÓN JM S.A.C., a
partir del 05.02.2009, según puede verse de la copia de la respectiva carta de
renuncia (folio 39). II.
ANÁLISIS. 1. Al respecto los artículos 272º y 276º del
Reglamento de 2. Los artículos 258º y 278º del Reglamento
antes citado, establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar
a CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de cada mes,
los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico: si comunican el
cambio oportunamente, se les concederá un plazo de treinta días calendario,
contados a partir de la recepción de dicha comunicación para acreditar su
reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le
disminuirá 3. De la evaluación efectuada se tiene que la
referida empresa no cumplió con comunicar, la variación de su plantel técnico
ni con acreditar a su reemplazo dentro del plazo establecido en el artículo 278º
del Reglamento antes citado, por lo que en aplicación de las acotadas normas,
correspondería CANCELAR
III. CONCLUSIÓN. En mérito a lo
expuesto, correspondería CANCELAR
Es todo lo que
tengo que informar a usted, salvo mejor parecer. Atentamente, HEBER
CUSMA SALDAÑA Subdirector de Fiscalización (e) Jesús María, ocho de mayo de dos mil nueve.- Estando a lo informado, apruébese el informe que antecede y remítase
todo lo actuado a
JUAN ANTONIO SILVA SOLOGUREN Director de Supervisión, Fiscalización y Estudios (e) SFIS/LPV MEMORANDO Nº 0000-2009/DSFE-MAZ A : MARIO F. ARTEAGA ZEGARRA Director
del SEACE (e) DE : MARIO F. ARTEAGA ZEGARRA Director de Supervisión,
Fiscalización y Estudios (e) ASUNTO : Remite
informe de fiscalización posterior REF. : Informe Nº 090-2009-SF/HCS FECHA : Jesús María, 24 de abril de 2009 Me dirijo a usted a fin de hacerle
llegar el documento de la referencia, emitido como resultado del procedimiento
de Fiscalización Posterior al procedimiento de Inscripción
como Ejecutor de Obras de la empresa CORPORACIÓN JM S.A.C., de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73º del ROF
del OSCE.
Atentamente, SF/LPV “Decenio de
las Personas con Discapacidad en el Perú” “Año de
Jesús María, 21 de mayo de 2009 Oficio N.° 721-2009/OSCE/SREG ---------------------------------------------------- Ref. Resolución de
---------------------------------------------------- Señor FELIX ALFONSO JAIMES ESPINOZA Representante Legal CORPORACIÓN
JM S.A.C.
Av. Candelaria Villar Nº 537, Independencia, Huaraz,
ANCASH.- Oficio a usted remitiendo adjunto al presente,
Esta resolución no agota la vía administrativa. El recurrente tiene 15 días hábiles contados a partir del día siguiente
de la fecha de notificación, para impugnar dicha resolución utilizando
opcionalmente y a su elección cualquiera de los siguientes recursos: .Recurso de Reconsideración ó . Recurso de Apelación. Cumpliendo
con las formalidades establecidas en los Artículos 113° y 211° de
Atentamente, |