RESOLUCIÓN DE LA SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Nº 4006/2009-OSCE/SREG Jesús
María, 15 de mayo 2009
VISTO: el expediente del trámite de RENOVACIÓN
DE INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS de la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA Y TURISMO EL GAVILAN
S.R.L. con Registro N° 13304, aprobado con Resolución N° 9883-2008-CONSUCODE/SRNP de fecha 21.10.2008. C O N S I D E R A N D O: Que,
con fecha 18.07.2008, la empresa SERVICIOS
DE INGENIERÍA Y TURISMO EL GAVILAN S.R.L. presentó su solicitud de RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE
OBRAS ante el Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada
mediante Resolución N° 9883-2008-CONSUCODE/SRNP de
fecha 21.10.2008, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’172,999.99), expidiéndosele
el Certificado de Inscripción N° 5270 de fecha 21.10.2008, con vigencia hasta
el 21.10.2009, acreditando como integrante de su plantel técnico al Ingeniero Pedrito
Bautista Espinoza; Que,
mediante Carta Nº 001-2008-PBE/OE de fecha 26.01.2009, presentada a CONSUCODE
el 27.01.2009, se tomó conocimiento del despido del Ingeniero Pedrito Bautista
Espinoza; Que,
por su parte, mediante escrito de fecha 30.04.2009, la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA Y TURISMO EL
GAVILAN S.R.L. presentó su solicitud para comunicación de renuncia y/o
variación del plantel técnico, adjuntando la declaración jurada de nuevos
integrantes del plantel técnico suscrita
por el Ingeniero Guillermo Cabrera Villalta, contrato de trabajo suscrito en
fecha 15.04.2009 con el mencionado
profesional y el certificado de habilidad
emitido en favor del referido Ingeniero; a efectos de poner en
conocimiento de este Organismo Supervisor la variación de su plantel técnico;
así como copia de la carta Nº 064-2009-OSCE/SEINTOR, de 26.03.2009, presentada
ante OSCE en la misma fecha, dando cuenta
que el Ingeniero Pedrito Bautista Espinoza había sido retirado de su empresa y
solicitando, por tanto, se le otorgue treinta (30) días calendario para
designar al Ingeniero reemplazante;
Que,
mediante Carta Nº 003-2009-PBE/OE de fecha 04.05.2009, presentada a OSCE el
06.05.2009, el Ingeniero Pedrito Bautista Espinoza adjuntó la carta de despido
Nº 259-2008-SEINTUR de fecha 28.10.2008 emitida por la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA Y TURISMO EL
GAVILAN S.R.L., mediante la cual ésta última le comunicó que había prescindido
de sus servicios; Que, al
respecto, los artículos 7.12° numeral 2 y 7.16° del Reglamento de Que, adicionalmente, los artículos 7.18° y 8°
del Reglamento de Que, de
la documentación obrante en autos, se advierte que el Ingeniero Pedrito
Bautista Espinoza dejó de formar parte
del plantel técnico de la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA Y TURISMO EL GAVILAN S.R.L.
a partir del 29.10.2008, por lo que la referida empresa, con arreglo a las
normas antes citadas, debió comunicar dicha ocurrencia hasta el décimo día hábil del mes siguiente,
plazo que venció el 14.11.2008, razón por la cual, las comunicaciones cursadas
por la mencionada empresa en fechas 26.03.2009 y 30.04.2009, devienen en
extemporáneas; Que, de
la evaluación efectuada se concluye que la referida empresa no cumplió con
comunicar la variación de su plantel técnico ni con acreditar su reemplazo dentro
del plazo establecido en el artículo 7.18° del Reglamento de
Estando
a lo dispuesto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.°
083-2004-PCM; los artículos 5°, 6º, 7.12°, 7.16°, 7.18° y 8° de su Reglamento,
y el numeral 3 del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2009-EF. S E R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar
que la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA Y
TURISMO EL GAVILAN S.R.L. tiene expedito su derecho para iniciar el trámite
de Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo
con los requisitos establecidos en el TUPA de OSCE. Regístrese,
comuníquese y publíquese KATUSHKA TAPIA SOLARI SUBDIRECTORA
DEL REGISTRO (e) |