RESOLUCIÓN DE LA SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Nº 3514 /2009-OSCE/SREG Jesús
María, 05 de mayo de 2009
VISTO: el expediente del trámite de RENOVACIÓN
DE INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE
OBRAS de la empresa M & N
CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. (M & N CONSERV S.R.L.) con
Registro N° 11777, aprobado con Resolución de la Subdirección del Registro
Nacional de Proveedores N° 11333-2008-CONSUCODE/SRNP
de fecha 04.12.2008. C O N S I D E R A N D O: Que,
con fecha 10.10.2008, la empresa M &
N CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. (M & N CONSERV S.R.L.) presentó
su solicitud de RENOVACIÓN DE
INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS
ante el Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante
Resolución de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores N° 11333-2008-CONSUCODE/SRNP de fecha 04.12.2008,
otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y
99/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’149,999.99),
expidiéndosele el Certificado de Inscripción N° 6089 de fecha 04.12.2008, con
vigencia hasta el 04.12.2009, acreditando como integrante de su plantel técnico
al Ingeniero Newsthor César Augusto Barreto Querevalú; Que,
mediante Carta Notarial S/N de fecha 19.03.2009, con certificación notarial de
constatación del domicilio de la empresa M
& N CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. (M & N CONSERV S.R.L.)
de fecha 20.03.2009, y presentada a CONSUCODE
el 08.04.2009, se tomó conocimiento de la renuncia del Ingeniero Newsthor César Augusto Barreto Querevalú
como integrante del plantel técnico de la mencionada empresa; Que, al
respecto, los artículos 7.12° numeral 2 y 7.16° del Reglamento de Que, adicionalmente, los artículos 7.18° y 8°
del Reglamento de Que, de
la evaluación efectuada se tiene que la referida empresa no cumplió con
comunicar la variación de su plantel técnico ni con acreditar su reemplazo
dentro del plazo establecido en el artículo 7.18° del Reglamento de
Estando
a lo dispuesto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.°
083-2004-PCM; los artículos 5°, 6º, 7.12°, 7.16°, 7.18° y 8° de su Reglamento,
y el numeral 3 del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2009-EF. S E R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar
que la empresa M & N CONSTRUCCIONES
Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. (M & N CONSERV S.R.L.) tiene expedito su
derecho para iniciar el trámite de Renovación de Inscripción en el Registro
Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA
de OSCE. Regístrese,
comuníquese y publíquese
YOVANA
ALFARO RAMOS
SUBDIRECCIÓN DEL REGISTRO (e)
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