RESOLUCIÓN
DE SUBDIRECCIÓN Nº 6983-2008-CONSUCODE-SRNP
Jesús María, 01
de agosto
de 2008
V I S T O:
El expediente del trámite de
INSCRIPCIÓN como EJECUTOR de OBRAS de GOMERO & GOMERO
CONSTRUCCIONES Y MATERIALES S.A.C. (G & G CONSTRYMAT S.A.C.)., con
Registro N° 14308, aprobado con Resolución de Subdirección
N° 5625/2007-CONSUCODE/SRNP de fecha 17.12.2007, relacionado con el
Procedimiento de Fiscalización Posterior.
C O N S I D E R A N D O:
Que, con fecha
22.11.2007, GOMERO & GOMERO CONSTRUCCIONES Y MATERIALES S.A.C. (G & G
CONSTRYMAT S.A.C.)., presentó su solicitud de INSCRIPCIÓN como
EJECUTOR de OBRAS ante el Registro Nacional de Proveedores,
la que fue aprobada mediante Resolución de Subdirección N° 5625/2007-CONSUCODE/SRNP
de fecha 17.12.2007, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de
UN MILLON CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100
NUEVOS SOLES (S/. 1 172 999,99), expidiéndosele el Certificado de
Inscripción N° 4455 de fecha 18.12.2007, con vigencia hasta el 17.12.2008,
acreditando como integrante de su plantel técnico al ingeniero ANTUNEZ
CELMI FLORENTINO ANTONIO;
Que, mediante
comunicación recibida el 18.06.2008, se tomó conocimiento que el ingeniero
ANTUNEZ CELMI FLORENTINO ANTONIO, dejó de formar parte del plantel
técnico de GOMERO & GOMERO CONSTRUCCIONES Y MATERIALES S.A.C. (G & G
CONSTRYMAT S.A.C.)., a partir del 05.05.2008, conforme es de verse de
la respectiva carta de renuncia;
Que, al respecto, los
artículos 7.12° y 7.16° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones de Estado, aprobado por Decreto Supremo N.° 084-2004-PCM y
modificado por Decreto Supremo N° 063-2006-EF, establecen que para estar
inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, los ejecutores de obras
deben acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel
técnico mínimo, que para el presente caso es de un Ingeniero o
Arquitecto, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la
empresa asciende a UN MILLON CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE Y 99/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 172 999,99);
Que,
adicionalmente, los artículos 7.18° y 8° del Reglamento antes citado,
establecen que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar a
CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de cada
mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico: si
comunican el cambio oportunamente, se les concederá un plazo de treinta
días calendario, contados a partir de la recepción de dicha comunicación
para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE,
éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará
la INSCRIPCIÓN, según corresponda;
Que,
de la evaluación efectuada se tiene que la referida empresa no cumplió con
comunicar la variación de su plantel técnico, ni con acreditar a su
reemplazo dentro del plazo establecido en el artículo 7.18° del Reglamento
antes citado, por lo que en aplicación de las acotadas normas, procede
CANCELAR la INSCRIPCIÓN de GOMERO & GOMERO CONSTRUCCIONES Y
MATERIALES S.A.C. (G & G CONSTRYMAT S.A.C.)., en el Registro Nacional
de Proveedores, así como dejar
sin efecto legal SU Certificado de Inscripción, por carecer de
plantel técnico;
Estando a lo dispuesto
en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.° 083-2004-PCM;
los artículos 5°, 6º, 7.12°, 7.16°, 7.18° y 8° de su Reglamento y el
artículo 63° numeral 11 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2007-EF.
S E
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR la
INSCRIPCIÓN como EJECUTOR de OBRAS de GOMERO & GOMERO
CONSTRUCCIONES Y MATERIALES S.A.C. (G & G CONSTRYMAT S.A.C.)., en el
Registro Nacional de Proveedores, con Registro N° 14308, aprobada mediante
Resolución de Subdirección N° 5625/2007-CONSUCODE/SRNP de fecha
17.12.2007; así como dejar sin
efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN N° 4455
de fecha 18.12.2007, expedido a su nombre.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar
que GOMERO & GOMERO CONSTRUCCIONES Y MATERIALES S.A.C. (G & G
CONSTRYMAT S.A.C.)., tiene expedito su derecho para iniciar el trámite
de Renovación de Inscripción como Ejecutor de Obras en el Registro
Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el
TUPA de CONSUCODE.
Regístrese,
Comuníquese y Publíquese
LILY SOLARI NAVARRO
Subdirectora del
RNP
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