RESOLUCIÓN
DE SUBDIRECCIÓN Nº
2946-2008-CONSUCODE-SRNP
Jesús María, 10
de enero
de 2008
V I S T O :
El expediente
del trámite de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS de la
empresa MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A.C., con Registro
N° 14433, aprobado con Resolución de Subdirección N.° 222-2008-CONSUCODE/SRNP
de fecha 10.01.2008, relacionado con el Procedimiento de Fiscalización
Posterior.
C O N S I D E R A N D O:
Que, con fecha 28.12.2007,
la empresa MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A.C., presentó
su solicitud de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS ante el
Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante Resolución
de Subdirección N° 222-2008-CONSUCODE/SRNP de fecha 10.01.2008,
otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLÓN CIENTO
SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100 NUEVOS SOLES (S/
1’172,999.99), expidiéndosele el Certificado de Inscripción N.° 149 de
fecha 14.01.2008, con vigencia hasta el 10.01.2009, acreditando como
integrante de su plantel técnico al ingeniero ALEX CRISTHIAN ALTUNA
GONZALES;
Que, mediante carta de
renuncia de fecha 04.01.2008, recibida por la empresa el 04.02.2008 y
comunicada a CONSUCODE el 20.02.2008, se tomó conocimiento que el
ingeniero ALEX CRISTHIAN ALTUNA GONZALES dejó de formar parte del
Plantel Técnico de la empresa MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS
S.A.C., conforme es de verse de la respectiva carta de renuncia,
obrante a folios 30;
Que, mediante solicitud de
fecha 18.03.2008, la empresa MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS
S.A.C. comunicó la renuncia a su plantel técnico del ingeniero Alex
Cristhian Altuna Gonzáles, adjuntando para tal efecto la carta de renuncia
suscrita por el mencionado ingeniero; y, asimismo, adjuntó el formato de
declaración jurada de nuevos integrantes del Plantel Técnico, presentando
como nuevo miembro del mismo al ingeniero Víctor Javier Caballero Moreno;
Que, los artículos 7.18° y
8° del Reglamento antes citado, establecen que los Ejecutores de Obras
están obligados a comunicar a CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles
siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con
relación a su plantel técnico: si comunican el cambio oportunamente, se
les concederá un plazo de treinta días calendario, contados a partir de la
recepción de dicha comunicación para acreditar su reemplazo; de no hacerlo
y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad
de Contratación o le cancelará la INSCRIPCIÓN, según corresponda;
Que, de la evaluación
efectuada se tiene que, si bien la referida empresa comunicó la variación
de su plantel técnico, no lo hizo dentro del plazo establecido en el
artículo 7.18° del Reglamento antes citado, por lo que en aplicación de la
acotada norma procede CANCELAR LA INSCRIPCIÓN de la empresa
MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A.C. en el Registro
Nacional de Proveedores, así como
dejar sin efecto legal SU
Certificado de Inscripción, por carecer de plantel técnico;
Estando a lo
dispuesto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
N.° 083-2004-PCM; los artículos 5°, 6º, 7.12°, 7.16°, 7.18° y 8° de su
Reglamento y el numeral 11 del artículo 63° del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo N°
054-2007-EF.
S E
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO.-
CANCELAR LA INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE
OBRAS de la empresa MAYER & MAYER CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A.C.,
en el Registro Nacional de Proveedores, con Registro N.° 14433,
aprobada mediante Resolución de Subdirección N.° 222-2008-CONSUCODE/SRNP
de fecha 10.01.2008; así como
dejar sin efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN
N.° 149 de fecha 14.01.2008, expedido a su nombre.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Declarar que la empresa MAYER & MAYER
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A.C., tiene expedito su derecho para iniciar
el trámite de Renovación de Inscripción en el Registro
Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el
TUPA de CONSUCODE.
Regístrese,
Comuníquese y Publíquese
LILY SOLARI NAVARRO
Subdirectora del
RNP
|