RESOLUCIÓN
DE SUBDIRECCIÓN Nº
2945-2008-CONSUCODE-SRNP
Jesús María, 10
de abril
de 2008
V I S T O :
El expediente
de trámite de RENOVACIÓN de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS
de la empresa V & H SERVICIOS GENERALES S.R.L., con Registro N°
11307, aprobado con Resolución de Subdirección N.° 676-2007-CONSUCODE/SRNP
de fecha 07.06.2007, relacionado con el Procedimiento de Fiscalización
Posterior.
C O N S I D E R A N D O:
Que, con fecha 24.04.2007,
la empresa V & H SERVICIOS GENERALES S.R.L., presentó su solicitud
de RENOVACION de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS
ante el Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante
Resolución de Subdirección N° 676-2007-CONSUCODE/SRNP de fecha 07.06.2007,
otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLON CIENTO
CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100 NUEVOS SOLES (S/
1’149,999.99), expidiéndosele el Certificado de Inscripción N.° 1603
de fecha 11.06.2007, con vigencia hasta el 07.06.2008, acreditando como
integrante de su plantel técnico al ingeniero ELBERT PEÑA PALACIOS;
Que, mediante carta de
renuncia de fecha 05.02.2007, recibida por la empresa el 06.02.2007 y
comunicada a CONSUCODE el 19.12.2007, el ingeniero ELBERT PEÑA PALACIOS
presenta su renuncia irrevocable al cargo de ingeniero responsable del
área técnica de la empresa V & H SERVICIOS GENERALES S.R.L. a
partir de la fecha de recepción antes citada, conforme es de verse de la
respectiva carta de renuncia, obrante a folios 57;
Que, con la finalidad de
confirmar la veracidad de la comunicación antes reseñada, mediante oficio
N° 2873-2007-CONSUCODE-SRNP/FP de 27.12.2007, se solicitó al ingeniero
Elbert Peña Palacios se sirva informar y dar conformidad a las firmas
consignadas en la documentación presentada por la empresa V & H
SERVICIOS GENERALES S.R.L. en su solicitud de renovación de
inscripción como Ejecutor de Obras (Declaración Jurada de Integrantes del
Plantel Técnico), así como a la carta de renuncia de fecha 05.02.2007;
Que, con fecha 16.01.2008
la empresa Servicios Personales Courier S.A.C. realiza la devolución del
oficio Nº 2873-2007-CONSUCODE-SRNP/FP, en razón a que el ingeniero Elbert
Peña Palacios ya no reside en la dirección consignada en los registros que
se mantienen en el Registro Nacional de Proveedores;
Que, los artículos 7.12° y
7.16° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de
Estado, aprobado por Decreto Supremo N.° 084-2004-PCM y modificado por
Decreto Supremo N° 063-2006-EF, establecen que para estar inscrito en el
Registro Nacional de Proveedores, los ejecutores de obras deben acreditar
Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que
para el presente caso es de un Ingeniero o Arquitecto, en razón que la
Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a UN
MILLÓN CIENTO CURENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 99/100
NUEVOS SOLES (S/ 1’149,999.99);
Que,
adicionalmente, los artículos 7.18° y 8° del Reglamento antes citado,
establecen que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar a
CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de cada
mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico: si
comunican el cambio oportunamente, se les concederá un plazo de treinta
días calendario, contados a partir de la recepción de dicha comunicación
para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE,
éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará
la INSCRIPCIÓN, según corresponda;
Que, de la evaluación
efectuada se tiene que la referida empresa no cumplió con comunicar la
variación de su plantel técnico ni con acreditar a su reemplazo dentro del
plazo establecido en el artículo 7.18° del Reglamento antes citado, por lo
que en aplicación de las acotadas normas, procede CANCELAR LA
INSCRIPCIÓN de la empresa V & H SERVICIOS GENERALES S.R.L.,
en el Registro Nacional de Proveedores, así como
dejar sin efecto legal SU
Certificado de Inscripción, por carecer de plantel técnico;
Estando a lo
dispuesto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
N.° 083-2004-PCM; los artículos 5°, 6º, 7.12°, 7.16°, 7.18° y 8° de su
Reglamento y el numeral 11 del artículo 63° del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo N°
054-2007-EF.
S E
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO.-
CANCELAR LA INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE
OBRAS de la empresa V & H SERVICIOS GENERALES S.R.L., en el
Registro Nacional de Proveedores, con Registro N.° 11307, aprobada
mediante Resolución de Subdirección N.° 676-2007-CONSUCODE/SRNP de fecha
07.06.2007; así como dejar sin
efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN N.° 1603
de fecha 11.06.2007, expedido a su nombre.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Declarar que la empresa V & H SERVICIOS
GENERALES S.R.L., tiene expedito su derecho para iniciar el trámite de
Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de
Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA de
CONSUCODE.
Regístrese,
Comuníquese y Publíquese
LILY SOLARI NAVARRO
Subdirectora del
RNP
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