RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 0658-2006-CONSUCODE/GR

Jesús María, 10 de marzo de 2006 

V I S T O: El expediente de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. con Registro Nº 10780 mediante Resolución de Gerencia Nº 2059-2004-CONSUCODE/GR de fecha 07.10.2004; y

C O N S I D E R A N D O:    

Que, con fecha 17.09.2004, la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. solicitó su INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro Nacional de Contratistas (hoy Registro Nacional de Proveedores), solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 2059-2004-CONSUCODE/GR de fecha 07.10.2004, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/. 2 686 850 00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 1160, de fecha 12.10.2004, con vigencia hasta el 07.10.2006, en razón de haber cumplido con presentar la documentación según los requisitos legales correspondientes y acreditando como miembro de su plantel técnico al ingeniero Carlos Humberto Ríos Jaramillo;  

Que, con fecha 27.12.2005, la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. comunicó la variación en su plantel técnico, informando la renuncia del ingeniero Carlos Humberto Ríos Jaramillo y el ingreso como nuevo profesional integrante de dicho plantel al ingeniero José Adán Jacinto Romero;  

Que mediante Oficio Nº 0002-2006-CONSUCODE/PRE, se comunicó a la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. que el ingeniero José Adán Jacinto Romero  tiene vínculo laboral con la empresa Servicios Generales García E.I.R.L., razón por la cual debía presentar la carta de renuncia del citado ingeniero a dicha empresa o presentar a otro profesional con los documentos necesarios para su acreditación;  

Que, con fecha 17.01.2006, la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. comunicó el ingreso como nuevo profesional integrante de su plantel técnico al ingeniero Darwin Ríos Macedo, en reemplazo del ingeniero Carlos Humberto Ríos Jaramillo y presentó la carta de renuncia del ingeniero José Adán Jacinto Perales a la empresa Servicios Generales García E.I.R.L.;  

Que mediante Oficio Nº 0038-2006-CONSUCODE/PRE, se comunicó a la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. que para la acreditación de los ingenieros José Adán Jacinto Romero y Darwin Ríos Macedo deberá presentar la solicitud en formato oficial; copia simple del contrato de trabajo a tiempo completo y plazo indeterminado; currículum vitae no documentado y certificado de habilidad vigente de los citados ingenieros, documentos que hasta la fecha la mencionada empresa no ha cumplido con presentar;  

Que los artículos 11°, literal b), y 17° del Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, aprobado por Resolución N.° 039-2001-CONSUCODE/PRE, establecían que para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas (hoy Registro Nacional de Proveedores), se debía acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de un Ingeniero o Arquitecto, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/. 2 686 850 00);  

Que el artículo 8° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, concordante con el artículo 40º del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar a CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico; si comunican el cambio oportunamente, se les concede un plazo de treinta días calendario, contados a partir de la recepción de dicha comunicación, para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción según corresponda; 

Que de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención ha cumplido con comunicar la variación en su plantel técnico, pero no ha acreditado con los documentos necesarios al nuevo integrante de dicho plantel, por lo que en aplicación de las acotadas normas legales, resulta procedente dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. en el Registro Nacional de Contratistas (hoy Registro Nacional de Proveedores), así como el Certificado de Inscripción expedido a su nombre, por carecer ésta de plantel técnico;  

Estando a lo dispuesto por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; artículo 8° de su Reglamento; el artículo 40º del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, aprobado por Resolución Nº 169-2005-CONSUCODE/PRE; los artículos 47°, incisos 3) y 10) y 54°, inciso 4) del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; y a lo informado por la Subgerencia de Verificación Posterior.

S E   R E S U E L V E:    

ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. en el Registro Nacional de Proveedores como EJECUTOR DE OBRAS, con Registro Nº 10780, aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 2059-2004-CONSUCODE/GR de fecha 07.10.2004.  

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Nº 1160 de fecha 12.10.2004 emitido a nombre de la mencionada empresa.  

ARTÍCULO TERCERO.-Declarar que la empresa HP CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. tiene expedito su derecho para iniciar el trámite de RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN en el Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA  de CONSUCODE.

 

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros