Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0452-2005-CONSUCODE/PRE

Jesús María, 01 de diciembre de 2005 

VISTOS: Los actuados sobre RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., con Registro Nº 02357, con RUC Nº 20100961203, aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 0756-2005-CONSUCODE/GR de 19.05.2005, que han sido sometidos al procedimiento de fiscalización posterior; y,

C  O  N  S  I  D  E  R  A  N  D  O:    

Que, el 05.04.2005, don Miguel Ángel Becerra Fernández, Representante Legal de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., solicitó la Renovación de Inscripción como Ejecutor de Obras de su representada ante el Registro Nacional de Proveedores, la que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 0756-2005-CONSUCODE/GR de 19.05.2005, otorgándosele la Capacidad Máxima de Contratación de DOCE MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.12’000,000.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción N° 437 de fecha 24.05.2005, con vigencia hasta el 19.05.2006, en razón de haber cumplido con adjuntar los requisitos legales correspondientes; 

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 10° del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, aprobado por Resolución N° 169-2005-CONSUCODE/PRE de 04.05.2005, concordante con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Gerencia del Registro dispuso iniciar la fiscalización posterior a la documentación presentada por la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.;  

Que, mediante Oficio Nº 1412-2005-CONSUCODE/GR, de fecha 16.09.2005, recibido el 21.09.2005, se solicitó a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, informar:  

  • Si la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., tenía Licencia Municipal de Funcionamiento vigente al 04 de abril de 2005.

  • Si son conformes los datos que se consignan en el formulario oficial denominado Declaración Jurada de Licencia de Funcionamiento vigente, con los que obran en sus registros.

Que, mediante Oficio Nº 1924-2005-SG-MDCH recibido el 14.11.2005, la Municipalidad Distrital de Chorrillos comunicó que se procedió a realizar la búsqueda respectiva en la Base de Datos de Licencia de Funcionamiento a nombre de la referida empresa, no encontrándose registrada licencia alguna con dicho nombre;  

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 42° y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad previsto en el numeral 1.7 del artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Administración Pública acepta que los documentos presentados y las declaraciones formuladas por el administrado, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, reservándose el derecho de verificar posteriormente la veracidad y autenticidad de los mismos;  

Que, revisados los actuados administrativos del trámite de Renovación de Inscripción como Ejecutor de Obras de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., se aprecia que don Miguel Ángel Becerra Fernández, Representante Legal de la mencionada empresa, suscribió el formulario oficial de Declaración Jurada de Veracidad de Información y Documentación, que corre a fojas 07, en el cual manifestó que toda la información que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran auténticos, que conocía las sanciones aplicables y que en caso se comprobase que lo expresado en dicha declaración jurada no se ajustaba a la verdad, aceptaba que se le invalide el referido trámite, las acciones derivadas del mismo, así como facultaba a la Entidad iniciar las acciones legales a que hubiere lugar, asumiendo la responsabilidad respectiva;           

Que, al haberse verificado que la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. declaró indebidamente, mediante Formulario Oficial que obra a fojas 08, tener Licencia Municipal de Funcionamiento vigente, conforme se ha verificado de la información remitida por la Municipalidad Distrital de Chorrillos; que este  hecho  evidencia transgresión al Principio de Presunción de Veracidad, en la que incurre la mencionada empresa para acreditar Licencia de Funcionamiento vigente y así cumplir con el requisito que le exige el numeral 29.1.2, literal b) del Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 127-2002-PCM, requisito del cual carecía;  

Que, habiéndose comprobado la falsedad de la Declaración Jurada de Licencia Municipal de Funcionamiento Vigente de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., ésta incurre en transgresión del Principio de Presunción de Veracidad; por lo que, de conformidad con lo establecido en el numeral 32.3) del artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde declarar la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha documentación, debiendo imponerse una multa  a  favor  de CONSUCODE y, además, disponer el  inicio de las acciones legales contra el Representante Legal de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.AC., y contra todos los que resulten responsables de estos hechos, por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) en  agravio de CONSUCODE;  

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; al numeral 22) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2001-PCM, al informe Nº 200-2001(GAJ), a lo informado por la Gerencia de Registros y a la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

S E   R E S U E L V E:    

1.- Declarar la NULIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 0756-2005-CONSUCODE/GR de 19.05.2005, que aprobó la RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS en el Registro Nacional de Proveedores, de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.AC., con Registro Nº 02357.  

2.- Declarar la NULIDAD del Certificado de Inscripción Nº 437 de fecha 24.05.2005, emitido a favor de la referida empresa.  

3.- Disponer la formulación de denuncia penal contra don Miguel Ángel Becerra Fernández, Representante Legal de la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.AC., ante el Ministerio Público por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) en  agravio de CONSUCODE.  

4.- Imponer a la empresa M.B. CONTRATISTAS GENERALES S.AC., la multa de cuatro (4) UIT vigentes a la fecha de pago, la misma que deberá ser abonada en la caja de CONSUCODE en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, caso contrario, se hará efectiva en la vía coactiva, abonando los intereses que se devenguen.  

5.- Devolver los antecedentes administrativos a la Gerencia de Registros para las anotaciones y fines de Ley.

 

 

Regístrese y Comuníquese.

       

HECTOR INGA HUAMAN

PRESIDENTE (e)