RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 2182-2005-CONSUCODE/GR

Jesús María, 24 de noviembre de 2005 

V I S T O :  El expediente de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES) con Registro Nº 11084 mediante Resolución de Gerencia Nº 0854-2005-CONSUCODE/GR de fecha 01.06.2005; y  

C O N S I D E R A N D O:    

Que, con fecha 11.05.2005, la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES) solicitó su INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro Nacional de Proveedores, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 0854-2005-CONSUCODE/GR de fecha 01.06.2005, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES (S/. 2’275,000.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 502, de fecha 06.06.2005, con vigencia hasta el 01.06.2006, en razón de haber cumplido con presentar la documentación según los requisitos legales correspondientes; acreditando como miembro de su plantel técnico al ingeniero CARLOS JAIME ESPINOZA ANANCOSI;  

Que, se ha tomado conocimiento que el ingeniero Carlos Jaime Espinoza Anancosi, único profesional integrante del plantel técnico de la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES), ha dejado de pertenecer a la misma desde el 10.10.2005, conforme es de verse del documento obrante a folios 102;     

Que, los artículos 28°, numeral 2, y 32° del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, aprobado por Resolución N° 169-2005-CONSUCODE/PRE, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, el Ejecutor de Obras debe acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de un Ingeniero o Arquitecto, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES (S/. 2’275,000.00);  

Que, el artículo 8° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, concordante con el artículo 40º del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar a CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico; si comunican el cambio oportunamente, se les concede un plazo de treinta días calendario, contados a partir de la recepción de dicha comunicación, para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción según corresponda;  

Que, de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar la variación en su plantel técnico, por lo que en aplicación de las acotadas normas legales, resulta procedente dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES) en el Registro Nacional de Proveedores, así como el Certificado de Inscripción expedido a su nombre, por carecer ésta de plantel técnico;  

Estando a lo dispuesto por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; artículo 8° de su Reglamento; los artículos 28°, 32° y 40º del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, aprobado por Resolución Nº 169-2005-CONSUCODE/PRE; los artículos 47°, incisos 3) y 10) y 54°, inciso 4) del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; y a lo informado por la Subgerencia de Verificación Posterior.

S E   R E S U E L V E:    

ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES) en el Registro Nacional de Proveedores como EJECUTOR DE OBRAS, con Registro Nº 11084, aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 0854-2005-CONSUCODE/GR de fecha 01.06.2005.  

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Nº 502 de fecha 06.06.2005 emitido a nombre de la mencionada empresa.  

ARTÍCULO TERCERO.-Declarar que la empresa COSEM “GALESHI” CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (COSEM “GALESHI” S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES)  tiene expedito su derecho para iniciar el trámite de RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN en el Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA  de CONSUCODE.

 

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros