RESOLUCIÓN
DE GERENCIA Nº
0271-2004-CONSUCODE/GR
Jesús
María, 30
de enero
de 2004
V I S T O :
El expediente de RENOVACION
DE INSCRIPCION como EJECUTOR DE
OBRAS otorgada a la empresa VDH
S.A.C, con Registro N° 8328, mediante
Resolución de Gerencia N° 1487-2002/RNC-CONSUCODE
de fecha 17.07.2002, relacionado con el Procedimiento de Fiscalización
Posterior.
C O N S I D E R A N D O:
Que,
con fecha 08.07.2002, la empresa VDH
S.A.C, presentó su solicitud de RENOVACION
DE INSCRIPCION como EJECUTOR DE
OBRAS ante el Registro Nacional de Contratistas, la que fue aprobada
mediante Resolución de Gerencia N° 1487-2002/RNC-CONSUCODE de fecha
17.07.2002, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de DOCE MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.12’000,000.00), expidiéndosele
el Certificado de Inscripción N° 816 de fecha 18.07.2002, con vigencia
hasta el 16.07.2004, acreditando como integrantes de su plantel técnico a
los Ingenieros Eduardo Heinrich del Valle Fernandez y Victor Guillermo
Salgado Sabastizagal;
Que,
de la fiscalización Posterior iniciada al expediente de Renovación de
Inscripción presentado por la empresa VDH
S.A.C, se ha tomado conocimiento que el Ingeniero Victor Guillermo
Salgado Sabastizagal, profesional integrante del plantel técnico de la
citada empresa, ha dejado de
pertenecer a la misma desde el 12.01.2002, conforme es de verse de la
comunicación recepcionada con
fecha 23.12.2003, obrante a fojas 149;
Que,
los artículos 11°, literal b), y 17° del Reglamento del Registro
Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar
con el Estado, aprobado por Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE,
establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de
Contratistas, se debe acreditar Capacidad
Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el
presente caso es de dos Ingenieros o Arquitectos, en razón que la
Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a DOCE
MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.12’000,000.00);
Que,
el artículo 214° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM,
concordante con el artículo 21º del Reglamento del Registro Nacional de
Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado,
establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar al
CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de
cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico;
de no hacerlo y ser detectado por el CONSUCODE, éste de oficio le
disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción
según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario
Oficial El Peruano;
Que,
de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención ha
incumplido con comunicar la variación de su plantel técnico dentro del
plazo antes mencionado, por lo que siendo así, en aplicación de las
precitadas normas, resulta pertinente disminuir
la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa VDH S.A.C, ante el Registro Nacional de Contratistas, de DOCE
MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.12’000,000.00); a la suma de SEIS
MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00); por lo
tanto, modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución
de Gerencia N° 1487-2002/RNC-CONSUCODE
de fecha 17.07.2002, procediéndose en consecuencia a emitir de
oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa VDH S.A.C, otorgándosele la Capacidad Máxima de Contratación
dispuesta por la presente Resolución, por el término de vigencia del
certificado anterior;
Estando
a lo dispuesto por el artículo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº
012-2001-PCM; artículos 212° y 214° de su Reglamento; los artículos 11°,
17° y 21º del Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del
Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, aprobado por
Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; los artículos 47°, incisos 3) y
10) y 54°, inciso 4) del Reglamento de Organización y Funciones del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; y a lo informado por la Sub-Gerencia
de Verificación Posterior.
S E
R E S U E L V E:
ARTICULO
PRIMERO.- Modificar el
primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia N°
1487-2002/RNC-CONSUCODE
de fecha 17.07.2002, únicamente
en el extremo que otorga la Capacidad Máxima de Contratación a la
empresa VDH S.A.C, la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de SEIS
MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00) por
contar con un integrante en su plantel técnico.
ARTICULO
SEGUNDO.- Dejar sin
efecto legal, el Certificado de Inscripción N° 816 de fecha 18.07.2002
emitido a nombre de la mencionada empresa.
ARTICULO
TERCERO.- Emitir de
oficio un nuevo Certificado de Inscripción a la empresa VDH S.A.C, otorgándosele la Capacidad Máxima de Contratación de SEIS
MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00) por el término
que resta de la vigencia del Certificado anterior, previa devolución del
original de dicho Certificado.
ARTICULO
CUARTO.- Declarar
que la empresa VDH S.A.C, tiene
expedito su derecho a solicitar AUMENTO
DE CAPACIDAD DE CONTRATACION en el Registro Nacional de Contratistas,
cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA del CONSUCODE.
Regístrese,
Comuníquese y Publíquese
IVAN LA ROSA TONG
Gerente
de Registros
|