RESOLUCIÓN
DE GERENCIA Nº
0213-2004-CONSUCODE/GR
Jesús
María, 22
de enero
de 2004
V I S T O :
El expediente de AUMENTO DE
CAPACIDAD DE CONTRATACION como
EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa CORPORACION
MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, con Registro N°
09514, mediante Resolución de Gerencia N° 1126-2003/RNC-CONSUCODE
de fecha 19.06.2003, relacionado con el Procedimiento de Fiscalización
Posterior.
C O N S I D E R A N D O:
Que,
con fecha 29.05.2003, la empresa CORPORACION
MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C” presentó su
solicitud de AUMENTO DE CAPACIDAD
DE CONTRATACION como EJECUTOR
DE OBRAS ante el Registro Nacional de Contratistas, la que fue
aprobada mediante Resolución de Gerencia N° 01126-2003/RNC-CONSUCODE de
fecha 19.06.2003, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de
DOCE MILLONES DOS MIL QUINIENTOS
NUEVOS SOLES (S/.12’002,500.00), expidiéndosele el Certificado de
Inscripción N° 745 de fecha 20.06.2003, con vigencia hasta el
26.09.2004, acreditando como integrantes de su plantel técnico al
Ingeniero Santiago Cobeñas Morales y el Arquitecto Cesar Augusto Chero
Salvador;
Que,
de la fiscalización Posterior iniciada al expediente de Aumento de
Capacidad de Contratación presentado por la empresa CORPORACION
MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, se ha tomado
conocimiento que el Ingeniero Cesar Augusto Chero Salvador, profesional
integrante del plantel técnico de la citada empresa,
ha dejado de pertenecer a la misma desde el 06.11.2003, conforme es de
verse de la comunicación recepcionada con fecha 10.11.2003, obrante a
fojas 64;
Que,
los artículos 11°, literal b), y 17° del Reglamento del Registro
Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar
con el Estado, aprobado por Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE,
establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de
Contratistas, se debe acreditar Capacidad
Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el
presente caso es de dos Ingenieros
o Arquitectos, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación
otorgada a la empresa asciende a DOCE
MILLONES DOS MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES (S/.12’002,500.00);
Que,
el artículo 214° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM,
concordante con el artículo 21º del Reglamento del Registro Nacional de
Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado,
establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar al
CONSUCODE, dentro de los diez días hábiles siguientes al término de
cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico;
de no hacerlo y ser detectado por el CONSUCODE, éste de oficio le
disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción
según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario
Oficial El Peruano;
Que,
de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención ha
incumplido con comunicar la variación de su plantel técnico dentro del
plazo antes mencionado, por lo que siendo así, en aplicación de las
precitadas normas, resulta pertinente disminuir
la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa CORPORACION MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, ante
el Registro Nacional de Contratistas, de DOCE
MILLONES DOS MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES (S/.12’002,500.00); a la
suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS
MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00); por lo tanto, modificar el
primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia
N° 01126-2003/RNC-CONSUCODE
de fecha 19.06.2003, procediéndose en consecuencia a emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa
CORPORACION MULTISERVICIOS MASTER
S.A.C., “MASTER S.A.C”, otorgándosele la Capacidad Máxima de
Contratación dispuesta por la presente Resolución, por el término de
vigencia del certificado anterior;
Estando
a lo dispuesto por el artículo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº
012-2001-PCM; artículos 212° y 214° de su Reglamento; los artículos 11°,
17° y 21º del Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del
Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, aprobado por
Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; los artículos 47°, incisos 3) y
10) y 54°, inciso 4) del Reglamento de Organización y Funciones del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; y a lo informado por la Sub-Gerencia
de Verificación Posterior.
S E
R E S U E L V E:
ARTICULO
PRIMERO.- Modificar el
primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia N°01126-2003/RNC-CONSUCODE
de fecha 19.06.2003, únicamente
en el extremo que otorga la Capacidad Máxima de Contratación a la
empresa CORPORACION MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, la
cual a partir de la fecha, disminuye
a la suma de SEIS MILLONES
CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00), por
contar con un integrante en su plantel técnico.
ARTICULO
SEGUNDO.- Dejar sin
efecto legal, el Certificado de Inscripción N° 745 de fecha 20.06.2003
emitido a nombre de la mencionada empresa.
ARTICULO
TERCERO.- Emitir de
oficio un nuevo Certificado de Inscripción a la empresa CORPORACION MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, otorgándosele
la Capacidad Máxima de Contratación de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’400,000.00), por
el término que resta de la vigencia del Certificado anterior, previa
devolución del original de dicho Certificado.
ARTICULO
CUARTO.- Declarar
que la empresa CORPORACION
MULTISERVICIOS MASTER S.A.C., “MASTER S.A.C”, tiene expedito su
derecho a solicitar AUMENTO DE
CAPACIDAD DE CONTRATACION en el Registro Nacional de Contratistas,
cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA del CONSUCODE.
Regístrese,
Comuníquese y Publíquese
IVAN LA ROSA TONG
Gerente
de Registros
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