RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 1719-2003-RNC-CONSUCODE

Jesús María, 22 de agosto de 2003 

V I S T A :

La RENOVACION DE INSCRIPCION otorgada a la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con Registro Nº 04689, mediante Resolución de Gerencia Nº 02067-2001/RNC-CONSUCODE del 26 de octubre del 2001.

C O N S I D E R A N D O:    

Que, el 18 de octubre del 2001 la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, solicitó  la RENOVACION DE INSCRIPCION ante el Registro Nacional de Contratistas, trámite que fue aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 02067-2001/RNC-CONSUCODE del 26 de octubre del 2001, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de SIETE MILLONES SIETE MIL NUEVOS SOLES (S/. 7’007,000.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 1350 de fecha  30 de octubre del 2001, con vigencia hasta el 28 de octubre del 2003, en razón de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel técnico a los Ingenieros César Augusto Ludeña Quiquia y  Wander Wilson  Aspillaga Chapoñan;  

Que,  mediante comunicación recepcionada el 30 de junio del 2003, la empresa comunica la renuncia formulada por el Ingeniero Wander Wilson Aspillaga Chapoñan, acreditando en su reemplazo al Arquitecto Javier Cabrera Tejada; 

Que, mediante comunicación recepcionada el 07 de julio del 2003, se solicitó a la empresa el curriculum vitae no documentado,  certificado de habilidad vigente, copia simple del contrato a tiempo completo y plazo indeterminado y solicitud con datos completos y firmas respectivas para considerar al Arquitecto Javier Cabrera Tejada como integrante del plantel técnico;  

Que, según lo dispuesto por los artículos 11º literal b) y 17° de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE, para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas se debe acreditar Capacidad Técnica, la cuál está conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de dos (2) Ingenieros, en razón que la Capacidad  Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a SIETE MILLONES SIETE MIL NUEVOS SOLES (S/. 7’007,000.00); 

Que, el artículo 214° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 21º de la Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE, establece que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días naturales siguientes al término de cada mes, las variaciones que se produzcan con relación a su plantel técnico; refiriendo además que si  comunican el cambio dentro del plazo indicado, se les concederá un plazo de treinta (30) días naturales, para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por cualquier medio por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la capacidad de contratación o le cancelará la Inscripción, según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; 

Que, de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención, si bien es cierto ha cumplido con comunicar la variación de su plantel técnico, tambien lo es que dicha comunicación carece de eficacia, al haber transcurrido el plazo de treinta (30) días naturales sin haberse subsanado el requerimiento formulado por el CONSUCODE, conforme se desprende del documento de fojas 60;  

Que, siendo así, resulta pertinente disminuir la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES ante el Registro Nacional de Contratistas de SIETE MILLONES SIETE MIL NUEVOS SOLES (S/. 7’007,000.00) a la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’200,000.00)modificar la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 2067-2001/RNC-CONSUCODE del 26 de octubre del 2001; y proceder, en consecuencia, a emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, otorgándosele la Capacidad Máxima de Contratación dispuesta por la presente Resolución por el término de vigencia del Certificado anterior. 

Estando a lo dispuesto por el artículo 212° del Decreto Supremo N° 013-2001-PCM; artículo 47° inciso 3) del  Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; los artículos 11°, 17° y 21º de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior.

S E   R E S U E L V E:    

Artículo Primero.- Disminuir, a partir de la fecha, la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, ante el Registro Nacional de Contratistas de SIETE MILLONES SIETE MIL NUEVOS SOLES (S/. 7’007,000.00), a la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’200,000.00), conforme a la normativa vigente por contar actualmente con un (1) profesional. 

Artículo Segundo.- Modificar, el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 2067-2001/RNC-CONSUCODE del 26 de octubre del 2001, en el extremo que otorga la Capacidad Máxima de Contratación a la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, por la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’200,000.00).  

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN 1350 de fecha  30 de octubre del 2001, emitido a nombre de la mencionada empresa. 

Artículo Cuarto.- Emitir de oficio, un nuevo Certificado de Inscripción a la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con la nueva Capacidad Máxima de Contratación otorgada de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 6’200,000.00), por el término de vigencia del Certificado de Inscripción anterior, previa devolución del original de dicho Certificado. 

Artículo Quinto.- Declarar que la empresa JAVI S.A. CONTRATISTAS GENERALES, tiene expedito su derecho a solicitar AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION en el Registro Nacional de Contratistas.

 

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros