RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 1337-2003-RNC-CONSUCODE

Jesús María, 09 de julio de 2003 

V I S T A  la INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C. con Registro Nº 8847 mediante Resolución de Gerencia Nº 1125-2001/RNC-CONSUCODE de fecha 17.07.2001;

C O N S I D E R A N D O:    

Que, con fecha 02.07.2001 la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C. solicitó su INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 1125-2001/RNC-CONSUCODE de fecha 17.07.2001, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de UN MILLON TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES  (S/.1’037,500.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 808, de fecha 20.07.2001, con vigencia hasta el 16.07.2003, en razón de haber cumplido con presentar la documentación según los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrante de su plantel técnico al Ingeniero Angel García Ramírez; 

Que, se ha tomado conocimiento que el Ingeniero Angel García Ramírez, único profesional integrante del plantel técnico de la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C., ha dejado de pertenecer a la misma desde el 26.03.2003, conforme es de verse en el documento obrante a fojas 39, para pasar a integrar el plantel técnico de la empresa Thor Contratistas S.A.C. con Registro N° 9891;     

Que, los artículos 11º inciso b) y 17° de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, se debe acreditar Capacidad Técnica, la cual está conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de un Ingeniero o Arquitecto, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a UN MILLON TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES  (S/.1’037,500.00)

Que, el artículo 214° del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 21º de la Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE, estipula que los Ejecutores de Obras, están obligados a comunicar al CONSUCODE, dentro de los diez días siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; 

Que, de la revisión efectuada, se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación en su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de las acotadas normas legales, resulta procedente dejar sin efecto la INSCRIPCION otorgada a la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C. en el Registro Nacional de Contratistas, así como el Certificado de Inscripción expedido a su nombre, por carecer ésta de plantel técnico alguno; 

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 4° del D.S. Nº 012-2001-PCM; al artículo 212°, 214° y la Segunda Disposición Final del D.S. N° 013-2001-PCM; a lo dispuesto por los artículos 11°, 17° y 21º de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; al artículo 47°, incisos 3) y 10) y al artículo 54°, inciso 4) del Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; a la Resolución N° 069-99-CONSUCODE/PRE; y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior;

S E   R E S U E L V E:    

  1. Dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCION otorgada a la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C. en el Registro Nacional de Contratistas como EJECUTOR DE OBRAS, con Registro Nº 8847, aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 1125-2001/RNC-CONSUCODE. 

  2. Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 808 de fecha 20.07.2001 emitido a nombre de la mencionada empresa. 

  3. Declarar que la empresa CONSTRUCTORA WILSA S.A.C. tiene expedito su derecho para iniciar el trámite de RENOVACION DE INSCRIPCION en el Registro Nacional de Contratistas, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA  de CONSUCODE.

 

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros