RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 0282-2003-RNC-CONSUCODE

Jesús María, 26 de febrero de 2003 

V I S T A  la INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L. con Registro Nº 08705, mediante Resolución de Gerencia Nº 0361-2001/RNC-CONSUCODE de fecha 20.03.2001;

C O N S I D E R A N D O:

Que, con fecha 08.03.2001 la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L. solicitó su INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 0361-2001/RNC-CONSUCODE de fecha 20.03.2001, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de SETECIENTOS CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES (S/. 750,000.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 251, de fecha 21.03.2001, con vigencia hasta el 19.03.2003, en razón de haber cumplido con presentar la documentación según los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrante de su plantel técnico al Ingeniero Eduardo Walter Carbajal García;

Que, se ha tomado conocimiento que el Ingeniero Eduardo Walter Carbajal García, único profesional integrante del plantel técnico de la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L., ha dejado de pertenecer al mismo desde el 21.09.2002, conforme es de verse en la comunicación recepcionada por CONSUCODE con fecha 21.02.2003, obrante a fojas 41 y 42;

Que, el inciso b) del artículo 11º y 17° de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE, establece que para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, se debe acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de un Ingeniero o Arquitecto, en razón que la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a SETECIENTOS CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES (S/. 750,000.00);

Que, el artículo 214° del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 21º de la Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE, estipula que los Ejecutores de Obras, están obligados a comunicar al CONSUCODE, dentro de los diez días siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano;

Que, de la revisión efectuada, se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación en su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de las acotadas normas legales, resulta procedente dejar sin efecto la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L. en el Registro Nacional de Contratistas, así como el Certificado de Inscripción expedido a su nombre, por carecer ésta de plantel técnico alguno;

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 4° del D.S. Nº 012-2001-PCM; al artículo 212°, 214° y la Segunda Disposición Final del D.S. N° 013-2001-PCM; a lo dispuesto por los artículos 11°, 17° y 21º de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; al artículo 47°, incisos 3) y 10) y al artículo 54°, inciso 4) del Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; a la Resolución N° 069-99-CONSUCODE/PRE; y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior;

S E   R E S U E L V E:

  1. Dejar sin efecto legal, la vigencia de la INSCRIPCIÓN otorgada a la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L. en el Registro Nacional de Contratistas como EJECUTOR DE OBRAS, con Registro Nº 08705, aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 0361-2001/RNC-CONSUCODE.

  2. Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Nº 251 de fecha 21.03.2001 emitido a nombre de la mencionada empresa.

  3. Declarar que la empresa CONSTRUCTORA DEL ORIENTE E.I.R.L., tiene expedito su derecho para iniciar nuevamente el trámite de RENOVACION DE INSCRIPCION  en el Registro Nacional de Contratistas.

La presente Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente de su notificación.

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros