RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 2067-2002-RNC-CONSUCODE

Jesús María, 31 de octubre de 2002 

VISTO el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION otorgado a la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., con Registro Nº 2978, mediante Resolución de Gerencia Nº 1406-2001/RNC-CONSUCODE del 17.08.2001, relacionado con el Proceso de Fiscalización Posterior.  

C O N S I D E R A N D O:  

Que, el 12.07.2001 la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. solicitó AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 1406-2001/RNC-CONSUCODE del 17.08.2001, otorgándosele una Capacidad Máxima de Contratación de SESENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.62’300,000.00), expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 956, de fecha 20.08.2001, con vigencia hasta el 10.04.2003, en razón de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel técnico a los Ingenieros Carlos Eduardo Minchola Haro, José Mercedes Fernández Rojas, Wilfredo Santiago Huayhua Huaraca, Luis Alberto Guevara Diez y Luis Manuel Martínez Lujan.  

Que, con fecha 16.10.2001, la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. solicitó Cambio de Razón Social ante el Registro Nacional de Contratistas por la de CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C., solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia N° 2135-2001-RNC-CONSUCODE del 07.11.2001, expidiéndosele el Certificado de Inscripción Nº 1386, de fecha 08.11.2001, con vigencia hasta el 10.04.2003, el cual consigna la nueva denominación social aprobada.  

Que, de la fiscalización posterior efectuada al plantel técnico presentado por la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.) en su solicitud de Aumento de Capacidad de Contratación, se verificó que el Ingeniero José Mercedes Fernández Rojas, integrante de su plantel técnico, ha dejado de pertenecer al mismo, conforme lo declara en sus Cartas de fechas 09.08.2002, 05.09.2002 y 02.10.2002, obrante a fojas 798, 799 y 800 respectivamente;            

Que, según lo dispuesto por los artículos 11º, literal b.) y 17° de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE, para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas se debe acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de cinco Ingenieros o Arquitectos, en razón que la Capacidad de Máxima de Contratación otorgada a la empresa asciende a SESENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.62’300,000.00),  

Que, el artículo 214° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante el con artículo 21º de la Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE, estipula que los Ejecutores de Obras están obligados a comunicar al CONSUCODE, dentro de los diez días siguientes al término de cada mes, los cambios que se produzcan con relación a su plantel técnico; si comunica el cambio oportunamente, se les concederá un plazo de treinta días calendario, contados a partir de la recepción de dicha comunicación, para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano;  

Que, de la revisión efectuada se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación de su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de las precitadas normas, resulta pertinente disminuir la Capacidad Máxima de Contratación otorgada a la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.) ante el Registro Nacional de Contratistas, de SESENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.62’300,000.00), a la suma de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.24’800,000.00); por lo tanto, modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 1406-2001/RNC-CONSUCODE del 17.08.2001, procediéndose en consecuencia a emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS  GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.) otorgándosele la Capacidad Máxima de Contratación dispuesta por la presente Resolución, por el término de vigencia del Certificado anterior;  

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 4° del D.S. Nº 012-2001-PCM; al artículo 212° y la Segunda Disposición Final del D.S. N° 013-2001-PCM; a lo dispuesto por los artículos 11°, 17° y 21º de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; al artículo 47°, incisos 3.) y 10.) del acotado Decreto Supremo; a la Resolución N° 069-99-CONSUCODE/PRE; y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior;

 

S E   R E S U E L V E:  

  1. Modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 1406-2001/RNC-CONSUCODE del 17.08.2001, únicamente en el extremo que otorga la Capacidad Máxima de Contratación a la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.) quien a partir de la fecha, disminuye a la suma de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.24’800,000.00) por contar con cuatro integrantes en su plantel técnico y no con cinco profesionales, tal como se requiere conforme a ley.  

  2. Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN 1386, de fecha 08.11.2001 emitido a nombre de la mencionada empresa.  

  3. Emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.), otorgándosele la nueva Capacidad Máxima de Contratación de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.24’800,000.00), por el término de la vigencia del Certificado de Inscripción anterior, previa devolución del original de dicho Certificado.  

  4. Declarar que la empresa AMAZONAS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. (hoy CONSTRUCTORA CAPRICORNIO S.A.C.), tiene expedito su derecho a solicitar AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN en el Registro Nacional de Contratistas, regularizando la falta de integrante del Plantel Técnico en dicha solicitud.

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese    

 

IVAN LA ROSA TONG

Gerente de Registros