RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 1214-2002-RNC-CONSUCODE

 Jesús María, 07 de junio de 2002

          V I S T O el Recurso de Reconsideración presentado el 28.12.2001, por la empresa J & W CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA. contra la Resolución de Gerencia Nº 2372-2001-RNC-CONSUCODE del 28.11.2001 y sus escritos ampliatorios de fecha 03.01.2002 y 05.02.2002;

C  O  N  S  I  D  E  R  A  N  D  O:

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 2372-2001-RNC-CONSUCODE del 28.11.2001 se dispuso dejar sin efecto legal la vigencia de la INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa J & W CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA. ante el Registro Nacional de Contratistas, dejar sin efecto legal la Resolución de Gerencia N° 1143-2000/RNC-CONSUCODE, así como dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripción N° 3172 de fecha 05.07.2000, en razón de que carecía de plantel técnico alguno;

Que, con fecha 28.12.2001, la empresa recurrente dentro del plazo de ley, interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia Nº 2372-2001-RNC-CONSUCODE del 28.11.2001, manifestando que en forma involuntaria ha omitido la regularización de su plantel técnico en CONSUCODE; y que para regularizar dicha omisión presenta al Ingeniero Carlos José Adrián Zuloaga Espinoza como miembro de su plantel técnico, adjuntando Certificado de Habilidad original vigente y contrato de trabajo a plazo indeterminado;

Que, con fecha 03.02.2002, la empresa recurrente presenta escrito ampliatorio solicitando se revalide su inscripción en el Registro Nacional de Contratistas y que la misma quede hábil; y el 05.02.2002, informa que ha sido sorprendido con la “carta de renuncia” del 29.08.2001 supuestamente del Ingeniero Dimas Alberto Astocondor Ramón, a quien – indica – han falsificado su firma;

Que, mediante pericia grafotécnica obrante en autos, se ha determinado la falsedad de la “carta de renuncia” del 29.08.2001; que, dicha “carta de renuncia” generó la emisión de la resolución impugnada; en consecuencia, habiéndose desvanecido a la fecha el fundamento que dio origen a la misma, es que resulta procedente amparar el impugnativo planteado con fecha 28.12.2001; sin perjuicio de iniciarse las acciones legales correspondientes contra los presentantes de dicho “documento”;

Que, estando a lo dispuesto en los párrafos precedentes, al artículo 208º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, al Decreto Supremo N° 061-2001-PCM, y al artículo 47°, inciso 3), del Decreto Supremo N° 021-2001-PCM, y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior;

S E   R E S U E L V E:

  1. Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa J & W CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA. contra la Resolución de Gerencia Nº 2372-2001-RNC-CONSUCODE del 28.11.2001, la misma que se deja sin efecto.

  2. Restituir los efectos legales al Certificado de Inscripción N° 3172 de fecha 05.07.2000 por el término de su vigencia, emitido a favor de la mencionada empresa.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

 

ROGER TALLA CONDEZO

GERENTE DE REGISTROS