RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 0965-2002-RNC-CONSUCODE

Jesús María, 30 de Abril del 2002              

                           

      VISTA la INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS otorgada a la empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L., con Registro Nº 9056, mediante Resolución de Gerencia Nº 2598-2001-RNC-CONSUCODE del 20.12.2001,

C O N S I D E R A N D O:

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 2598-2001-RNC-CONSUCODE del 20.12.2001, se aprobó la solicitud de INSCRIPCIÓN como EJECUTOR DE OBRAS de la  empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L., con una Capacidad Máxima de Contratación de OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES (S/.8’175,000.00), expidiéndose el Certificado de Inscripción Nº 1667, de fecha 28.12.2001, con vigencia hasta el 19.12.2003;

Que, de la fiscalización posterior efectuada al expediente, aparecen acreditados como integrantes de su Plantel Técnico, los Ingenieros Juan José Rodríguez Montoya y Alberto Montes Valenzuela, advirtiéndose que este último profesional ha dejado de pertenecer a la misma desde el 31.12.2001, según se desprende del Certificado de Trabajo expedido por la referida empresa el 12.04.2002 y remitido al CONSUCODE con fecha 18.04.2002;

Que, los artículos 11º, literal b.), y 17° de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, se debe acreditar Capacidad Técnica, conformada por el plantel técnico mínimo, que para el presente caso es de dos Ingenieros o Arquitectos de acuerdo con la Capacidad de Máxima de Contratación de OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES (S/.8’175,000.00);

Que, la citada empresa no ha cumplido con comunicar oportunamente al CONSUCODE la variación en su plantel técnico, tal como lo prescribe el artículo 214° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 21º de la Resolución N° 039-2001-CONSUCODE/PRE; por lo que resulta procedente disminuir la Capacidad Máxima de Contratación otorgada, a la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.6’200,000.00);

Que, por lo tanto debe modificarse el artículo segundo de la Resolución de Gerencia N° 2598-2001-RNC-CONSUCODE del 20.12.2001, procediéndose a emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L., con la Capacidad Máxima de Contratación de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.6’200,000.00), por el término de vigencia que resta del Certificado original;

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; a los artículos 212° y 214° y la Segunda Disposición Final del Decreto Supremo N° 013-2001-PCM; a los artículos 11°, 17° y 21º de la Resolución Nº 039-2001-CONSUCODE/PRE; a los artículos 47°, incisos 3.) y 10.), y 54°, inciso 4.), del Decreto Supremo N° 021-2001-PCM;  la Resolución N° 069-99-CONSUCODE/PRE; y a lo informado por la Sub-Gerencia de Verificación Posterior;

S E   R E S U E L V E:

  1. Modifícase el artículo segundo de la Resolución de Gerencia N° 2598-2001-RNC-CONSUCODE del 20.12.2001 y fíjese en SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.6’200,000.00) la Capacidad Máxima de Contratación a favor la empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L.

  2. Dejar sin efecto legal el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN 1667 de fecha 28.12.2001, emitido a nombre de la mencionada empresa.

  3. Emitir de oficio un nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L., con la Capacidad Máxima de Contratación de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/.6’200,000.00), por el término de vigencia que resta del Certificado original, previa devolución de éste.

  4. Declarar que la empresa TRANSPORTES DAVID Y ROMULO S.R.L. – TRANSDIR S.R.L. tiene expedito su derecho para iniciar un nuevo trámite de AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN en el Registro Nacional de Contratistas, regularizando la falta del integrante de Plantel Técnico.

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

ROGER TALLA CONDEZO

GERENTE DE REGISTROS