CAPÍTULO VI : DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

Subcapítulo I : De la Gerencia de ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

 

Artículo 22º.- La Gerencia de Administración y Finanzas es el órgano responsable de la operación y funcionamiento de los sistemas administrativos. 

Está a cargo de un Gerente y depende directamente de la Presidencia del CONSUCODE.

Artículo 23°.- Son atribuciones de la Gerencia de Administración y Finanzas:

  1. Proponer su Plan Operativo, Presupuesto y demás documentos de gestión administrativa;

  2. Ejercer la dirección, coordinación y supervisión de las actividades administrativas del CONSUCODE;

  3. Visar y expedir los actos administrativos de su competencia;

  4. Planear y dirigir las políticas y estrategias generales de gestión administrativa, en el marco de la política definida por la Alta Dirección;

  5. Formular y presentar a la Presidencia del CONSUCODE las modificaciones necesarias para lograr una mejor operatividad, funcionamiento y adaptabilidad administrativa;

  6. Proponer a la Presidencia del CONSUCODE la política laboral y salarial de la Institución;

  7. Dirigir, controlar y administrar los procesos de recursos humanos, así como evaluar su nivel de efectividad, disponiendo las correcciones o cambios de orientación pertinentes; 

  8. Proponer y dictar, cuando corresponda, las normas y acciones administrativas necesarias para el funcionamiento y cumplimiento de los fines de la Institución;

  9. Dirigir y controlar los procesos de captación, transferencia, aplicación, destino y contabilización de los recursos  económicos y financieros, así como evaluar su nivel de efectividad, disponiendo los ajustes, correcciones y/o cambios de orientación pertinentes;

  10. Sustentar ante la Presidencia del CONSUCODE los estados financieros;

  11. Dirigir y controlar la provisión de los recursos materiales y servicios en términos de  calidad, cantidad, costo y oportunidad requeridos, disponiendo de los ajustes, correcciones y/o cambios de orientación pertinentes;

  12. Apoyar y supervisar los procesos de contrataciones y el cumplimiento de los contratos conforme a la normativa de la materia y las disposiciones internas del CONSUCODE;

  13. Ejercer el control interno previo y concurrente de las operaciones administrativas;

  14. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas y las recomendaciones contenidas en los informes de control;

  15. Atender los requerimientos de información, así como cautelar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por las entidades rectoras, supervisoras y fiscalizadoras de los sistemas de administración y control gubernamental, en el ámbito de su competencia;

  16. Proporcionar información para la elaboración de la Memoria del CONSUCODE, en el ámbito de su competencia; y

  17. Las demás que le asigne la Presidencia del CONSUCODE.

Artículo 24º.- La Gerencia de Administración y Finanzas cuenta con los siguientes órganos:

  1. Sub-Gerencia de Logística;

  2. Sub-Gerencia de Tesorería;

  3. Sub-Gerencia de Contabilidad;

  4. Sub-Gerencia de Personal; y

  5. Sub-Gerencia de Ejecución Coactiva.

Artículo 25°.- La Sub-Gerencia de Logística es el órgano encargado de proporcionar los recursos materiales, bienes y servicios que los órganos de la Institución requieran, en las condiciones de seguridad, calidad, oportunidad y costo adecuado, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 26°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia  de Logística:

  1. Programar, coordinar, ejecutar y controlar los procedimientos de contratación y adquisición de bienes, servicios, arrendamientos y de ejecución de obras que requieran los órganos de la Institución;

  2. Recopilar y administrar información sobre los requerimientos de bienes y servicios de los órganos de la Institución, que permitan el cumplimiento de sus objetivos;

  3. Controlar el almacenamiento y distribución de bienes;

  4. Valorar, registrar, controlar y mantener los bienes del activo fijo, así como realizar el inventario físico de los mismos;

  5. Formular y aplicar normas para verificar la existencia, estado y condiciones de utilización de los bienes y de los servicios de que dispone la Institución;

  6. Supervisar el cumplimiento de los contratos que el CONSUCODE celebre con terceros, con excepción de aquéllos en que la supervisión sea asignada a otros órganos de la Institución;

  7. Atender los requerimientos de mantenimiento y servicios que requiera la infraestructura de la Institución;

  8. Controlar la asignación, uso y mantenimiento de los vehículos de la Institución;

  9. Brindar servicios de impresión y fotocopiado de documentos que requieran los órganos de la Institución; y

  10. Las demás que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.

 

Artículo 27°.- La Sub-Gerencia de Tesorería es el órgano encargado del manejo y la centralización de los recursos financieros de la Institución.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 28°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia  de Tesorería:

  1. Programar, organizar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos de tesorería;

  2. Elaborar la información de ejecución del flujo de fondos presupuestarios y conciliaciones bancarias;

  3. Custodiar y controlar los recursos de la Institución; 

  4. Ejecutar el proceso de pago previa evaluación del devengado y efectuar pagos a proveedores y trabajadores de la Institución;

  5. Realizar el arqueo de fondos y valores de la Institución;

  6. Proporcionar información permanente sobre la situación económica y financiera aplicando el Sistema Integrado de Administración Financiera para el Sector Público SIAF – SP; y

  7. Las demás que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 29º.- La Sub-Gerencia de Contabilidad es el órgano encargado de la programación, coordinación, ejecución y evaluación de los procesos de contabilidad de la Institución.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 30°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia  de Contabilidad:

  1. Formular los estados financieros y registros contables de la Institución;

  2. Programar, coordinar, ejecutar y controlar los procesos técnicos del Sistema Nacional de Contabilidad;

  3. Elaborar y actualizar métodos y procedimientos técnicos contables;

  4. Controlar que el movimiento contable se lleve de acuerdo a las normas vigentes;

  5. Verificar la conformidad de las operaciones que se registran y de la información sustentatoria;

  6. Procesar la información contable en sus fases de compromiso, devengado, girado, determinado y recaudado de los ingresos y gastos de la Institución mediante el Sistema Integrado de Administración Financiera para el Sector Público SIAF-SP; y

  7. Las demás que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 31°.- La Sub-Gerencia de Personal es el órgano encargado de administrar al personal de la Institución y promover su capacitación y bienestar a fin de optimizar su rendimiento.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 32°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia de Personal:

  1. Planear, organizar, ejecutar y controlar las acciones referidas al personal;

  2. Ejecutar los procesos técnicos para el ingreso, evaluación, desplazamiento y ascenso del personal;

  3. Promover, coordinar y ejecutar acciones de capacitación y promoción social del personal de la Institución;

  4. Elaborar y mantener actualizado el Presupuesto Analítico de Personal, las planillas de remuneraciones y pensiones, así como los programas de incentivos, preventivo de salud y asistencia social;

  5. Ejecutar políticas de control de asistencia y permanencia del personal;

  6. Emitir pronunciamiento expreso en casos disciplinarios, así como aplicar las medidas correctivas necesarias;

  7. Emitir pronunciamiento expreso en casos disciplinarios, así como aplicar las medidas correctivas necesarias;

  8. Asesorar a la Gerencia de Administración y Finanzas en los asuntos de su competencia; y

  9. Las demás que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 33º.- La Sub-Gerencia de Ejecución Coactiva es el órgano encargado de ejecutar coactivamente las acreencias de la Institución.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Administración y Finanzas.

Artículo 34º.- Es atribución de la Sub-Gerencia de Ejecución Coactiva ejercer la titularidad del procedimiento de ejecución coactiva, así como ejercer, a nombre de la Institución, las acciones de coerción para el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva.

 

Subcapítulo II : De la Gerencia de SISTEMAS

 

Artículo 35º.- La Gerencia de Sistemas es el órgano encargado de planificar, organizar, dirigir y evaluar el uso y aplicación racional en la Institución de las tecnologías de información vigentes.

Está a cargo de un Gerente y depende directamente de la Presidencia del CONSUCODE.

Artículo 36º.- Son atribuciones de la Gerencia de Sistemas:

  1. Proponer su Plan Operativo, Presupuesto y demás documentos de gestión administrativa;

  2.  Elaborar el Plan Informático de la Institución, Plan de Contingencias y demás instrumentos que garanticen el desarrollo informático institucional en función de la orientación estratégica institucional;

  3. Apoyar y propiciar la modernización institucional mediante el uso y aplicación racional de las tecnologías de información vigentes;

  4. Desarrollar acciones para la optimización continua de los procesos y procedimientos de la Institución;

  5. Elaborar normas, procedimientos y demás instrumentos de normativa institucional interna, verificando y evaluando su aplicación y actualización sistemática;

  6. Editar, concordar, actualizar y difundir los documentos de gestión institucional a fin de garantizar su coherencia, armonía y formalidad;

  7. Planear, investigar y determinar, en coordinación con las áreas usuarias, los requerimientos de sistematización y tecnología informática, así como la asignación de recursos informáticos;

  8. Analizar, diseñar, desarrollar e implementar las aplicaciones computarizadas correspondientes a los diferentes aspectos de la gestión administrativa y operativa del CONSUCODE;

  9. Supervisar el desarrollo e implementación de proyectos informáticos que sean encargados a terceros;

  10. Administrar las redes locales y/o remotas, así como las diferentes bases de datos de la Institución;

  11. Evaluar periódicamente la eficiencia del software y hardware para determinar la factibilidad de aplicación de nuevas tecnologías;

  12. Proporcionar información para el Programa de Capacitación del Personal en materia de su competencia;

  13. Proporcionar información para la elaboración de la Memoria del CONSUCODE, en el ámbito de su competencia; y

  14. Las demás que le asigne la Presidencia del CONSUCODE.

Artículo 37°.- La Gerencia de Sistemas cuenta con los siguientes órganos:

  1. Sub-Gerencia de Soporte y Comunicaciones;

  2. Sub-Gerencia de Sistemas; y

  3. Sub-Gerencia de Procesos y Métodos

Artículo 38°.- La Sub-Gerencia de Soporte y Comunicaciones es el órgano encargado de la planificación, organización e implementación de la arquitectura de redes y comunicaciones de la Institución.  

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas.

Artículo 39°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia de Soporte y Comunicaciones:

  1. Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento de los equipos de cómputo, servidores de aplicación, web y comunicaciones, de la red de la Institución;

  2. Planificar, dirigir, controlar y ejecutar las actividades de instalación, mantenimiento y optimización de los sistemas operativos, del manejador de base de datos, del software de base y de las comunicaciones;

  3. Configurar, administrar y supervisar las redes locales y/o remotas, equipos periféricos, así como las diferentes bases de datos de la Institución;

  4. Elaborar periódicamente informes y estadísticas del sistema de red, software y hardware;

  5. Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elaboración del Plan de Contingencias;

  6. Elaborar y ejecutar el plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo de la Institución;

  7. Brindar y registrar el soporte técnico y ayuda en el puesto de trabajo a los usuarios de la Institución;

  8. Realizar periódicamente las copias de respaldo de los datos de la institución y del sistema;

  9. Programar la Central Telefónica de la Institución;

  10. Administrar, organizar y operar  todos los recursos del Centro de Cómputo y Comunicaciones de la Institución; y

  11. Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas.

Artículo 40°.- La Sub-Gerencia de Sistemas es el órgano encargado de la planificación, organización e implementación del desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones informatizadas de la Institución.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas.

Artículo 41°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia de Sistemas:

  1. Planear, investigar y determinar, en coordinación con las áreas usuarias, los requerimientos de sistematización y tecnología informática, así como la asignación de recursos informáticos;

  2. Planificar, analizar, diseñar, desarrollar e implementar las aplicaciones computarizadas requeridas para facilitar la gestión administrativa y operativa de la Institución;

  3. Realizar el mantenimiento de las aplicaciones que sean desarrolladas en la Institución;

  4. Mantener actualizada la documentación de las aplicaciones que sean desarrolladas en la Institución;

  5. Desarrollar y actualizar periódicamente el modelo de datos lógico y físico de toda la Institución;

  6. Elaborar los términos de referencia y los criterios de evaluación técnica para el desarrollo de proyectos de sistemas que sean encargados a terceros;

  7. Supervisar el desarrollo e implementación de proyectos informáticos que sean encargados a terceros;

  8. Definir la metodología y estándares de desarrollo de las aplicaciones para la Institución;

  9. Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elaboración del Plan de Contingencias;

  10. Capacitar al personal usuario en la utilización de los nuevos sistemas desarrollados en la Institución;

  11. Participar en la formulación del Plan Operativo Anual de la Gerencia de Sistemas;

  12. Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elaboración del Plan de Contingencias; y

  13. Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas.

Artículo 42°.- La Sub-Gerencia de Procesos y Métodos es el órgano encargado de proponer, formular y desarrollar estudios, análisis e investigaciones de los procesos y métodos a cargo de la Institución.

Está a cargo de un Sub-Gerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas.

Artículo 43°.- Son atribuciones de la Sub-Gerencia de Procesos y Métodos:

  1. Modelar y proponer el diseño de los procesos de la Institución a fin de normar, estandarizar y facilitar la informatización de dichos procesos;

  2. Definir la estrategia de implementación de los cambios o rediseños de los procesos que se vean afectados por la incorporación de tecnologías de información;

  3. Desarrollar y actualizar el modelo conceptual de datos de la Institución;

  4. Elaborar normas, procedimientos y demás instrumentos de normativa institucional interna, verificando y evaluando su aplicación y actualización sistemática;

  5. Editar, concordar, actualizar y difundir los documentos de gestión institucional interna, a fin de garantizar su coherencia, armonía y formalidad;

  6. Mantener actualizada la documentación de los procesos de la Institución;

  7. Apoyar a la Gerencia de Sistemas de Información en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elaboración del Plan de Contigencias;

  8. Participar en la formulación del Plan Operativo Anual de la Gerencia de Sistemas de Información; y

  9. Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas.

 

Subcapítulo III : De LA SECRETARIA GENERAL

 

Artículo 44º.- La Secretaría General es el órgano encargado de conducir la administración documentaria, el Archivo Central y la Biblioteca. 

Está a cargo de un Secretario General y depende directamente de la Presidencia del CONSUCODE.

Artículo 45°.- Son atribuciones de la Secretaría General:

  1. Proponer su Plan Operativo, Presupuesto y demás documentos de gestión administrativa;

  2. Organizar y tramitar el despacho de la Presidencia del CONSUCODE;

  3. Dirigir, organizar y supervisar el registro y control del trámite documentario de la Institución;

  4. Dirigir, organizar  y supervisar el funcionamiento del Archivo Central;

  5. Administrar la Biblioteca del CONSUCODE;

  6. Representar a la Presidencia del CONSUCODE en actos oficiales;

  7. Proporcionar información para el Programa de Capacitación del Personal en materia de su competencia;

  8. Proporcionar información para la elaboración de la Memoria del CONSUCODE,  en el ámbito de su competencia; y

  9. Las demás que le asigne la Presidencia del CONSUCODE.