Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 134-2007/CONSUCODE/PRE Jesús María, 15 de marzo de 2007 VISTO:
El
Memorando Nº 237-2007-GRNP, de fecha 14 de marzo de 2007,
emitido por CONSIDERANDO: Que
el artículo 8º del Texto Único Ordenado de Que
el artículo 7.9º del Reglamento de Que
la indicada normativa no contempla los casos de aquellos
proveedores extranjeros no domiciliados, que no cuentan con
representante legal o apoderado en el Perú y el Estado
Peruano
requiere contratarles por tener la necesidad de proveerse de
bienes sofisticados o de servicios especializados en atención
a las características particulares, o singulares que los
distinguen y, por consiguiente, no son brindados en el
mercado nacional, lo que conlleva a la omisión del proceso
de selección y la realización del procedimiento de
exoneración correspondiente; Que
a efectos de que la situación descrita no se constituya en
un obstáculo o impedimento para las respectivas
contrataciones, resulta necesario establecer un
procedimiento especial que viabilice dichas inscripciones; Estando
a lo informado por SE
RESUELVE: Artículo
Primero.- Apruébese
Artículo
Segundo.- Apruébese el Formulario GRE-SOL-F-018:
“Solicitud de Inscripción en el RNP para Proveedor de
Bienes y/o Servicios Extranjero No Domiciliado, que no
cuenta con Representante Legal o Apoderado en el Perú”.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese,
LUIS TORRICELLI FARFAN PRESIDENTE
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN Nº 134-2007-CONSUCODE/PRE
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