Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 120-2006/CONSUCODE/PRE Jesús María, 08 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que
el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de
las modalidades a las que hace referencia el artículo 14
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM; Que,
conforme a lo establecido por el segundo párrafo del artículo
176° del referido Reglamento, corresponde al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
(CONSUCODE), aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes
que pueden adquirirse bajo esta modalidad; Que,
mediante Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, se aprobó
el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta
Inversa Presencial, estableciéndose el procedimiento a
seguir tanto para la inclusión y exclusión de bienes en el
Listado de Bienes Comunes como para la aprobación de las
correspondientes fichas técnicas; Que,
mediante Resolución Nº 336-2005-CONSUCODE/PRE de fecha
15.09.05, se aprobó, entre otras, la ficha técnica del
bien común denominado Diesel Nº 2, en base a las características
establecidas en el Decreto Supremo Nº 025-2005-EM,
publicado el 10.07.05 en el Diario Oficial El Peruano, el
cual, en su artículo 4, hace remisión expresa a las
características contenidas en la Norma Técnica Peruana NTP
321.003.2005, aprobada mediante Resolución Nº
0032-2005/INDECOPI-CRT; Que,
tras haberse
recibido ciertas sugerencias por parte de algunas Entidades
y habiéndose recibido la respuesta a la consulta hecha por
este Consejo Superior, a través del documento
MKTG-123-2006, la Gerente del Departamento de Marketing de
PETROPERÚ concuerda con la necesidad de adecuar la ficha técnica
del Diesel Nº 2 a las modificaciones introducidas por el
Decreto Supremo Nº 041-2005-EM, publicado el 14.10.05, que
modifica el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 025-2005-EM; Que
es necesario adecuar la respectiva ficha técnica a las
nuevas características establecidas a través del referido
Decreto Supremo Nº 041-2005-EM, las cuales son de aplicación
obligatoria a partir de los 60 días de su publicación; es
decir, desde el 14.12.05. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 22) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, y con la visación de la Gerencia Técnico Normativa y la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE
RESUELVE: Artículo
Primero.-. Modificar la ficha técnica del bien común
denominado Diesel Nº 2 (Código: B172100070001), en los términos
y con el nuevo contenido establecidos en el anexo de la
presente Resolución. Artículo
Segundo.-. Los cambios introducidos serán obligatorios
en aquellos procesos de selección desarrollados bajo la
modalidad de subasta inversa que se convoquen a partir de la
publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico
de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
Regístrese y Comuníquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN Nº 120-2006-CONSUCODE/PRE
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