Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 053-2006/CONSUCODE/PRE Jesús María, 01 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que
el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de
las modalidades a las que hace referencia el artículo 14
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM; Que,
conforme a lo establecido por el segundo párrafo del artículo
176° del referido Reglamento, corresponde al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
(CONSUCODE), aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes
que pueden adquirirse bajo esta modalidad; Que,
mediante Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, se aprobó
el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta
Inversa Presencial, estableciéndose el procedimiento a
seguir tanto para la inclusión y exclusión de bienes en el
Listado de Bienes Comunes como para la aprobación de las
correspondientes fichas técnicas; Que,
mediante Resolución Nº 015-2006-CONSUCODE/PRE, se aprobó
las fichas técnicas correspondientes a Fólder de Manila,
Diskettes, Disco Compacto Grabable y Disco Compacto
Regrabable; Que
el Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM, modificado por el
Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM, que aprueba el Plan Piloto
de implementación de las Compras Corporativas Obligatorias
en el Estado Peruano, establece que las Entidades Técnicas
determinan, en última instancia, las características y/o
detalle de las especificaciones técnicas de los bienes a
ser adquiridos en el marco de las compras corporativas
obligatorias, para lo cual deberán coordinar con este
Consejo Superior; y que, para el caso de útiles de
escritorio y material PAD, Que,
a través del Oficio Nº 081-2006-EF/43.50, el Jefe de la
Oficina General de Administración del Ministerio de Economía
y Finanzas, solicita la modificación de las fichas técnicas
de Fólder de Manila, Diskettes, Disco Compacto Grabable y
Disco Compacto Regrabable; Que
es necesario atender el pedido solicitado adecuando las
respectivas fichas técnicas a las condiciones que presenta
el mercado en la comercialización de tales bienes comunes,
así como con el objetivo de facilitar el desarrollo del
procedimiento de subasta inversa en la adquisición de los
mismos. De
conformidad con lo dispuesto por el numeral 22) del artículo
7° del Reglamento de Organización y Funciones de
CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM,
y con la visación
de la Gerencia Técnico Normativa y la Gerencia de Asesoría
Jurídica. SE
RESUELVE: Artículo
Primero.-. Modificar las fichas técnicas
de los siguientes bienes comunes, en los términos
establecidos en los anexos de la presente Resolución:
Artículo
Segundo.-.
Los cambios introducidos serán obligatorios en aquellos
procesos de selección desarrollados bajo la modalidad de
subasta inversa que se convoquen a partir de la publicación
de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
Regístrese y Comuníquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
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