Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 0513-2005/CONSUCODE/PRE Jesús María, 30 de diciembre de 2005 VISTO:
El
Memorando Nº 280-2005/PRES-T, de fecha 18 de abril de 2005,
emitido por la Presidencia del Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO: Que,
de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo
59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 083-2004-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, tiene la función de
aprobar las directivas que fijen los criterios de
interpretación o de integración de dicha Ley y su
Reglamento, así como las de orientación sobre las materias
de su competencia; Que,
el artículo 61º de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, define al Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como el órgano
jurisdiccional del Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado; Que,
el numeral 7 del artículo 70º del Reglamento de Organización
y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, establece como una de las
atribuciones del Presidente del Tribunal, formular mejoras a
las políticas, reglamentos y procedimientos del Tribunal; Que,
las diversas modificaciones efectuadas a la normativa de
contrataciones y adquisiciones del Estado, han generado el
incremento progresivo de recursos de revisión y solicitudes
de aplicación de sanción ante el Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por lo que es
necesario regular la simplificación de los actos
administrativos de trámite seguidos ante este órgano
colegiado, con la finalidad que sean oportunamente conocidos
por quiénes tengan legítimo interés en su contenido;
De conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el numeral 2) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE
RESUELVE: Artículo
Primero.- Aprobar
la Directiva N° 017-2005/CONSUCODE/PRE, cuyo Texto forma
parte de la presente Resolución. Artículo
Segundo.- La
presente Directiva es de aplicación obligatoria para todas
las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación
de la normativa de contrataciones y adquisiciones del
Estado, así como para los postores y contratistas.
Regístrese y Comuníquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN Nº 513-2005-CONSUCODE/PRE
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