Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 458-2005/CONSUCODE/PRE Jesús María, 02 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que,
la
Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº
084-2004-PCM,
dispone que las normas complementarias del presente
reglamento serán aprobadas mediante resoluciones emitidas
por CONSUCODE. Que,
la
Segunda Disposición Final del citado Reglamento, señala
que CONSUCODE como órgano rector de la materia deberá
adoptar las medidas necesarias para supervisar el debido
cumplimiento de la Ley. Que,
el artículo 280º
del acotado
Reglamento,
dispone que si las partes no se ponen de acuerdo en la
designación del árbitro único, segundo árbitro o
presidente del tribunal arbitral, la parte interesada podrá
solicitar al CONSUCODE la respectiva designación. Que,
en razón con lo expuesto, resulta necesario dictar la
directiva que regule los aspectos referentes al
procedimiento de designación de Árbitros por el CONSUCODE. De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 inciso 22) del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, y contando con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Conciliación y Arbitraje. SE
RESUELVE: Artículo 1º. Aprobar la Directiva Nº 015-2005-CONSUCODE/PRE
“Procedimiento de Designación de Árbitros al Amparo de
la Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado”. Artículo 2º. Disponer que la Gerencia de Sistemas publique la presente Resolución y su Directiva en la página web.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN Nº 458-2005-CONSUCODE/PRE
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