Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

Resolución Nº 458-2005/CONSUCODE/PRE

Jesús María, 02 de diciembre de 2005

CONSIDERANDO:

Que, la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que las normas complementarias del presente reglamento serán aprobadas mediante resoluciones emitidas por CONSUCODE.  

Que, la Segunda Disposición Final del citado Reglamento, señala que CONSUCODE como órgano rector de la materia deberá adoptar las medidas necesarias para supervisar el debido cumplimiento de la Ley.  

Que, el artículo 280º del acotado Reglamento, dispone que si las partes no se ponen de acuerdo en la designación del árbitro único, segundo árbitro o presidente del tribunal arbitral, la parte interesada podrá solicitar al CONSUCODE la respectiva designación.  

Que, en razón con lo expuesto, resulta necesario dictar la directiva que regule los aspectos referentes al procedimiento de designación de Árbitros por el CONSUCODE.  

De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 inciso 22) del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, y contando con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Conciliación y Arbitraje.

SE  RESUELVE:  

Artículo 1º. Aprobar la Directiva Nº 015-2005-CONSUCODE/PRE “Procedimiento de Designación de Árbitros al Amparo de la Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”.  

Artículo 2º. Disponer que la Gerencia de Sistemas publique la presente Resolución y su Directiva en la página web.

 

 

Regístrese, Comuníquese y Publíquese

 

 

 

RICARDO SALAZAR CHAVEZ

PRESIDENTE

 

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN Nº 458-2005-CONSUCODE/PRE 

Anexo  - Directiva Nº 015-2005-CONSUCODE/PRE