Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 016-2004/CONSUCODE/PRE Jesús María, 15 de enero del 2004 VISTO:
El
Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje
del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) aprobado mediante Resolución
Nº 242-2002-CONSUCODE/PRE, publicada el 3 de octubre de
2002 en el Diario Oficial El Peruano; Las modificatorias al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje, aprobada mediante Resolución Nº 356-2003-CONSUCODE/PRE, publicada el 1 de enero de 2004; CONSIDERANDO: Que,
el artículo 53° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, establece que las
controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación
de los contratos celebrados con arreglo a dicha norma se
resolverán obligatoriamente mediante los procedimientos de
conciliación y arbitraje; Que,
el artículo 7 incisos 21 y 22 del Reglamento de Organización
y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 021-2001-PCM, señala que es atribución de la
Presidencia del CONSUCODE aprobar los reglamentos internos
de los órganos del CONSUCODE y expedir los actos
administrativos que le corresponda; Que,
resulta necesario aprobar el Texto Único Ordenado del
Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje
del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE), a efectos de ordenar dicho
texto normativo y facilitar su conocimiento y manejo por
parte de los usuarios; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 4° numeral 7) y artículo 7° numeral 22) del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE y contando con las visaciones de la Gerencia de Conciliación y Arbitraje y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE
RESUELVE: ARTÍCULO
1. Aprobar el
Texto Único Ordenado del Reglamento del Sistema Nacional de
Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE),
que en texto adjunto forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO
2. La
presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación.
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
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