Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Resolución Nº 108-2003/CONSUCODE/PRE Jesús María, 10 de abril del 2003 VISTO:
El
Memorándum N° 220-2003(GAF) del 10 de abril del 2003. CONSIDERANDO: Que,
mediante Resolución N° 013/2003-CONSUCODE/PRE de fecha 20
de enero del 2003, el Titular del Pliego aprobó el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE
para el ejercicio presupuestal 2003; Que,
el artículo 8° del Reglamento de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°
013-2001-PCM, establece que las inclusiones y exclusiones de
los procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones deberán ser aprobados por el Titular del
Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y
serán comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pequeña
y Microempresa – PROMPYME dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a dicha aprobación; Que,
en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003 de
CONSUCODE, no se ha incluido el proceso de selección que
corresponde a una adjudicación directa selectiva para la
contratación del servicio de mensajería local y nacional,
por no conocer el área ejecutora las especificaciones técnicas;
en tal sentido y atendiendo a que esta circunstancia ha sido
superada, es necesario incluirla en el acotado plan para su
posterior aprobación; De
conformidad con el inciso 14) del artículo 7º del
Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE,
aprobado por el Decreto Supremo
N° 021-2001-PCM, y con las visaciones de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Planificación,
Presupuesto y Cooperación y la Gerencia de Administración
y Finanzas; SE
RESUELVE: ARTICULO
PRIMERO.-
Aprobar la inclusión del Proceso de Selección que se
detalla en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la
presente Resolución, en el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado – CONSUCODE correspondiente al
ejercicio presupuestal 2003. ARTICULO
SEGUNDO.-
Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas
remita copia de la presente resolución a PROMPYME dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación
para los fines que la ley establece. ARTICULO TERCERO.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el
Diario Oficial
El Peruano,
dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.
RICARDO SALAZAR CHAVEZ PRESIDENTE
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