Requisitos para la Inscripción de la Lista de Arbitros del Registro de Neutrales.

Requisitos para la inclusión en el Registro de Árbitros

Según la Directiva Nº 004-2006/CONSUCODE/PRE, publicada con fecha 10 de marzo de 2006, es necesario para la incorporación al registro de Neutrales del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, cumplir con acreditar los siguientes requisitos:  

  1. Se personal natural y encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

  2. No tener antecedentes penales, ni haber sido destituido de la función pública o jurisdiccional, si se hubiere ejercido, y no tener impedimentos para contratar con el Estado, para ellos deberá adjuntar una Declaración Jurada Simple.

Asimismo, será necesario que los postulantes cumplan con acreditar la aprobación del Curso de Formación de Neutrales a cargo del CONSUCODE, en los rangos que se determine, salvo que acredite una o varias de las siguientes condiciones:  

  1. Experiencia en contrataciones y adquisiciones públicas mediante el ejercicio de la función pública, no menor a cinco (5) años.

  2. Experiencia en contrataciones y adquisiciones públicas mediante el ejercicio privado de la profesión, no menor a cinco (5) años.

  3. Experiencia en conciliaciones y arbitrajes actuando como conciliador, árbitro, abogado o secretario, no menor a cinco (5) años.

  4. Cátedra universitaria en derecho administrativo, derecho civil o solución de controversias o arbitraje.

  5. Estudios de postgrado en derecho administrativo, derecho civil o solución de controversias o arbitraje.

  6. Publicación de investigación, estudios, ensayos y artículos en derecho administrativo o solución de controversias o arbitrajes.

Procedimiento de Evaluación

Las solicitudes presentadas conforme al TUPA del CONSUCODE y a las pretensiones disposiciones serán derivadas a la Gerencia de Conciliación y Arbitraje, para que se encargue de la evaluación del Curriculum Vital y de los requisitos y condiciones correspondientes.  

Si el postulante cumple con los requisitos y ha aprobado el Curso de Formación de Neutrales a cargo del CONSUCODE, en los rangos que se determine, se le enviará la Ficha de Inscripción respectiva para que la devuelva con los datos requeridos en el plazo de tres (3) días.  

Si el postulante cumple con los requisitos y una o varias de las condiciones mencionadas en el apartado anterior, la Gerencia de Conciliación y Arbitraje, a su discreción, decidirá si es necesaria una entrevista personal para aprobar su incorporación al registro de Neutrales. Si no lo considera necesario, se le enviará la Ficha de Inscripción respectiva para que la devuelva con los datos requeridos en el plazo de tres (3) días.  

En caso sea necesaria la entrevista, la Gerencia de Conciliación y Arbitraje citará al postulante a una entrevista y en el plazo de tres (3) días le comunicará su aprobación de incorporación al Registro de Neutrales o la recomendación para que, de manera previa a su incorporación, apruebe el Curso de Formación de Neutrales a cargo del CONSUCODE, en los rangos que se determine, en cuyo caso se suspenderá el trámite de inscripción por el plazo máximo de un (1) año.

Con la comunicación que aprueba la incorporación al Registro de Neutrales, se le enviará al postulante la ficha de Inscripción respectiva para que la devuelva con los datos requeridos en el plazo de Tres (3) días.  

La Gerencia de Conciliación y Arbitraje, expedirá la Resolución de Inscripción en el registro de Neutrales en un plazo de tres (3) días contado a partir del día siguiente de recepción de la Ficha de Inscripción con los datos requeridos.  

La inscripción en el Registro de Neutrales tiene una vigencia de dos (2) años, pudiendo solicitarse su renovación, cumpliendo con los requisitos vigentes establecidos para la inscripción.