DIRECTIVA008-2007/CONSUCODE/PRE

“DISPOSICIONES ORIENTADAS A PROMOVER Y DESARROLLAR LA
CULTURA POR EL RESPETO Y LA PUNTUALIDAD”

 

  1. MARCO DE REFERENCIA 

El 1 de marzo de 2007, la Presidencia del Consejo de Ministros y la Secretaría Técnica del Acuerdo Nacional han lanzado la Campaña por el respeto y la Puntualidad “Respetarnos, Compromiso de Todos”, en el marco de la declaración del año 2007 como el “Año del deber Ciudadano”.    

Es así que, el “Respeto”, como concepto se ha ido nutriendo de contenidos democráticos y de una dinámica de reciprocidad, que lo convierten en un ideal para una sociedad que cree en la mutua consideración. 

En esa línea, el Foro del Acuerdo Nacional, precisa que dentro del conjunto de nuestros deberes, el respeto entre las personas es esencial para alcanzar el desarrollo humano y colectivo, es decir el bien común. El respeto mutuo se manifiesta, entre otros, en el cumplimiento de las obligaciones, la puntualidad, el compromiso con la palabra dada y la honestidad.          

 Por su parte, el deber ciudadano se manifiesta mediante valores, actitudes y hábitos saludables que aseguran el bien común. Ahora un hábito saludable es la puntualidad, la cual a su vez refleja un respeto a la persona y a las normas de convivencia. Implica realizar nuestras actividades y cumplir con nuestras obligaciones y responsabilidades en el horario y plazos establecidos.       

Es de tenerse presente además, que la puntualidad se convierte en una expresión de responsabilidad ciudadana, la cual a pesar de que debería manifestarse en todo proceso de interacción ciudadana, no constituye una práctica corriente. Por ello se hace necesario que el CONSUCODE inicie la Campaña Interna por el Respeto y la Puntualidad “Puntualidad, respeto hacia los demás”. 

  1. OBJETIVOS

1.       Interiorizar y promover la cultura de respeto a la puntualidad en las autoridades y personal del CONSUCODE.

2.       Fomentar la puntualidad para una eficiente gestión en todas las dependencias del CONSUCODE.

3.       Impulsar la puntualidad como una norma básica de convivencia y como elemento clave para el respeto mutuo.

4.       La elección de la puntualidad como tema principal no debe soslayar que el compromiso es contribuir a instaurar el respeto a los deberes y derechos ciudadanos.

5.       Orientar el desarrollo de las acciones de la Campaña Nacional por el Respeto y la Puntualidad “Respetarnos, compromiso de todos”.

  1. BASE LEGAL

  • Constitución Política del Perú.

  • Ley Nº 28175 Ley Marco del Empleo Público.

  • Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública.      

  • T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

  • Decreto Supremo Nº 040-2006-EF, Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE.

  • Decreto Supremo Nº 094-2006-PCM, Declaran el año 2007 como el “Año del deber Ciudadano”.

  • Decreto Supremo Nº 028-2007-PCM. Dictan disposiciones a fin de promover la puntualidad como práctica habitual en todas las entidades de la Administración Pública.

  • Resolución Nº 066-2007-CONSUCODE/PRE, Reglamento Interno de Trabajo (RIT) del CONSUCODE. 

  1. ALCANCE  

Las disposiciones establecidas en la presente Directiva son de obligatorio cumplimiento para todos los órganos y Unidades Orgánicas del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE. 

  1. CONCEPTOS FUNDAMENTALES

5.1     La puntualidad  es una virtud cívica que expresa el respeto por el tiempo del otro y el respeto por la persona misma. El respeto por la puntualidad para iniciar el cumplimiento de nuestras obligaciones a la hora y en el lugar establecido y finalizarlas a la hora oportuna, trabajando con mayor eficiencia y calidad. El respeto por la puntualidad es un elemento clave de convivencia entre los ciudadanos. 

5.2     La puntualidad es parte de un amplio conjunto de deberes cuyo cumplimiento favorecerá el establecimiento de un clima de confianza. 

5.3     La puntualidad contribuye a crear una relación de confianza entre los trabajadores y funcionarios de la Institución. Por ello, es un deber que obliga a todo el personal del CONSUCODE, sin excepción, incluyendo al personal de dirección y/o de confianza.          

  1. FUNCIONES A NIVEL DE LA INSTITUCIÓN

6.1.   CONSUCODE velará por la puntualidad a través de la información registrada en los partes diarios emitidos por el personal de vigilancia que presta servicios en la institución, los cuales serán procesados por la Subgerencia de Recursos Humanos. 

6.2.   Concientizar a todo el personal de todos los órganos y Unidades Orgánicas del CONSUCODE sobre la importancia del respeto a la puntualidad.  

6.3.    Desarrollo de acciones dirigidas a la promoción de la puntualidad, integradas en todas las dependencias del CONSUCODE. 

6.4     Establecimiento de la práctica diaria de respetar la totalidad del tiempo destinado al refrigerio del personal. 

6.5.    Establecer incentivos a los trabajadores por el permanente cumplimiento de sus obligaciones dentro de los horarios y plazos establecidos, mediante la entrega de un documento de reconocimiento que formará parte de su legajo personal. 

6.6    La Subgerencia de Recursos Humanos pondrá en conocimiento de los funcionarios y trabajadores afectados, el consolidado individual de sus tardanzas para que tomen las medidas que consideren conveniente. 

  1. DISPOSICIONES GENERALES  

7.1.    La Directiva que norma el respeto y la puntualidad promoverá e implementará el lanzamiento del valor de la puntualidad, así como actividades y eventos relacionados con la promoción por el respeto a la puntualidad en el personal del CONSUCODE. 

7.2.   Coordinación con los funcionarios de nivel de Gerente, Subgerente; o con los encargados, el promover e implementar la puntualidad; así como, actividades y eventos  relacionados con la promoción por el respeto a la puntualidad en el personal del CONSUCODE, acorde con los lineamientos y normativas establecidas. 

7.3.    La jornada ordinaria de trabajo en la Entidad es de ocho (8) horas diarias, o cuarenta (40) horas semanales, de lunes a viernes, en turno continuado, debiendo cumplirse en el horario establecido por la Presidencia del CONSUCODE.   

  1. DISPOSICIÓN FINAL

La Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Recursos Humanos en colaboración con todas las Gerencias y el Órgano de Control Institucional serán responsables del cumplimiento de la presente Directiva.  

  1. VIGENCIA 

La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.

 

 

 

           Jesús María, 09 de abril del 2007.