DIRECTIVA Nº 006-2004/CONSUCODE/PRE ÁRBITROS EN EL REGISTRO DE
NEUTRALES DEL CONSUCODE I)
FINALIDAD
II)
OBJETIVO
Verificar
la capacidad legal y técnica de los profesionales que
soliciten su inscripción en Registro de Neutrales. III)
ÁMBITO DE APLICACIÓN La
presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para los
profesionales que soliciten su incorporación en el
Registro. IV)
BASE
LEGAL
V)
DISPOSICIONES GENERALES
VI)
DISPOSICIONES
ESPECIFICAS Para
el efectivo cumplimiento de lo establecido en las normas
aludidas, se establece lo siguiente: DE LA PRESENTACION DE
SOLICITUDES De
acuerdo a lo establecido en el TUPA del CONSUCODE, el
procedimiento para la inscripción en el Registro, se inicia
con la presentación de la solicitud en el Departamento de
Trámite Documentario del CONSUCODE. La
solicitud debe ser dirigida a la Gerencia de Conciliación y
Arbitraje, y deberá contener indicación expresa de la
fecha y el número de comprobante de pago por la tasa
correspondiente. El
profesional deberá anexar a la solicitud, su Currículum
Vitae documentado, indicando el número de su documento de
identidad, teléfono, fax y correo electrónico, su profesión
y dos (02) especialidades como máximo. El
Título Profesional deberá presentarse en copia fedateada. DE LOS REQUISITOS PARA LA
INCLUSIÓN EN EL REGISTRO Para
poder ser incorporado al Registro de Árbitros y poder ser
designados por el CONSUCODE, se debe cumplir con los
requisitos mínimos siguientes:
DEL PROCESO DE EVALUACIÓN El
Gerente de Conciliación y Arbitraje evaluará las
solicitudes de los postulantes, teniendo en cuenta los
siguientes criterios:
VIGENCIA
DE LA INSCRIPCIÓN La
inscripción en el Registro tiene una vigencia de dos (02) años,
pudiendo solicitar su renovación, de conformidad con las
disposiciones que para tal efecto expida el CONSUCODE. Los
modelos de Ficha de Inscripción y del Compromiso Formal
forman parte integrante de la presente directiva. VII)
DISPOSICIÓN FINAL Lo dispuesto en la presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Jesús María, junio de 2004.
|