DIRECTIVA Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE

PUBLICACION DE AVISOS REFERIDOS A PROCESOS DE SELECCIÓN

I. FINALIDAD.

Orientar la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de los avisos de los procesos de selección referidos a la convocatoria, cancelación del proceso de selección, postergación del acto público, otorgamiento de la buena pro, declaratoria de desierto, exoneración d proceso de selección, nulidad de oficio y fe de erratas, a fin de que se ajusten a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

II. OBJETIVO.

Uniformizar la información que deben consignar las Entidades del Sector Público para la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", de los avisos referidos a procesos de selección, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

III. ALCANCE.

La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por todas las Entidades del Estado comprendidas dentro de los alcances del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

IV. BASE LEGAL.

-Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM.
-Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 013-2001-PCM
-Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 021-2001-PCM.

V. DISPOSICIONES GENERALES.

1. A fin de poder identificar claramente los procesos de selección, estos se enumerarán conforme al siguiente orden: Primero se indicará el tipo de proceso de selección, seguido del Número correlativo por cada tipo de proceso; los procesos se enumerarán en forma correlativa por cada tipo al iniciarse cada año calendario, empezando por el número uno. Seguidamente, se indicará el año de convocatoria y por último las siglas de la entidad. Se utilizará exclusivamente el guión como carácter de separación entre cada uno de los datos. Según lo mencionado, la nomenclatura a emplear será la siguiente:

Tipo de Proceso - Numero correlativo - Año - Siglas de la Entidad.

·El tipo de proceso de selección se indicará de acuerdo a la siguiente codificación:

LP = Licitación Pública;
LPN = Licitación Pública Nacional;
LPI = Licitación Pública Internacional;
CP = Concurso Público;
CPN = Concurso Público Nacional;
CPI = Concurso Público Internacional;
ADP = Adjudicación Directa Pública.

·El número correlativo será por cada tipo de proceso, se indicará con cuatro (4) dígitos, números arábigos, enteros, empezando por el 0001 cada año.
·El año se indicará con cuatro (4) dígitos.
·Las siglas de la entidad no podrán contener guiones.

2. Cualquier omisión u error en el aviso publicado tendrá que ser subsanado o corregido mediante la publicación de la respectiva fe de erratas respetando en todo momento el número asignado al proceso de selección.

3. Todo aviso de contrataciones y adquisiciones regulado por la presente Directiva será publicado sólo en pares de columnas y deberá presentar las siguientes alternativas de medidas:

a) 8 cm. x 4 col. e) 8 cm. x 8 col.
b) 16 cm. x 4 col. f) 16 cm. x 8 col.
c) 24 cm. x 4 col. g) 24 cm. x 8 col.
d) 32 cm. x 4 col

4. La Dirección del Diario Oficial "El Peruano" determinará la distribución y diagramación de los avisos que reciba diariamente y podrá suspender la publicación de aquellos ilegibles y defectuosos; asimismo, establecerá los horarios de atención a las Entidades y demás requisitos necesarios para la publicación de los avisos.

VI.DISPOSICIONES ESPECIFICAS.

1.  De las Convocatorias a Procesos de Selección Públicos.

1.1 Para Licitaciones Públicas y Concursos Públicos:
En los avisos a que se refieren los artículos 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 50° y 76° de su Reglamento, se consignará la siguiente información:

1.1.1    Título del Aviso: AVISO DE CONVOCATORIA
1.1.2    Número de Convocatoria: 1ra Convocatoria o 2da Convocatoria, según corresponda.
1.1.3    Entidad Convocante:

a) Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Deberá indicarse el nombre completo de la Entidad convocante, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b) RUC de la Entidad convocante: Indicar el RUC según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
c) Domicilio de la Entidad convocante. Indicar el domicilio legal vigente.

1.1.4    Datos del Proceso:

a) Número del proceso: El número del proceso de selección se colocará según lo indicado en el numeral 1 de las Disposiciones Generales de la presente Directiva
b) Fuente de Financiamiento: Fuente o fuentes de los recursos con los que se financiará la contratación o adquisición materia de la convocatoria. Si hay mas de una fuente de financiamiento involucrada en el proceso, se indicará el monto respectivo por cada fuente.
c) Valor Referencial: Deberá indicarse en la moneda que se convoque, salvo que sea de carácter reservado, en cuyo caso se indicará tal condición: RESERVADO.
d) Objeto del Proceso: Indicar la naturaleza del objeto materia de la convocatoria: bienes, suministro, obras, consultoría de obra, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
e) Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.
f) Código CIIU del Objeto: Colocar el código CIIU a seis (6) dígitos. Indicar el código que más se aproxime a la naturaleza de la adquisición o contratación.
g) Lugar de ejecución de la prestación: Indicar la ubicación geográfica, detallando el o los departamentos, provincias o distritos, donde serán ejecutadas las obras, utilizados o suministrados los bienes o prestados los servicios materia del proceso de selección.
h) Procesos según relación de ítems: Deberá indicarse los ítems involucrados en la convocatoria y el objeto de cada uno de ellos y el lugar de ejecución de la prestación. En estos casos se indicará, además, el valor referencial de cada ítem y el valor referencial total del proceso de selección.

1.1.5    Venta de Bases:

a) Lugar de Venta de Bases: Deberá indicarse la dirección de la oficina donde éstas se adquirirán y el horario de atención para venta de bases.
b) Costo de las Bases : Indicar el costo de las Bases y la forma de pago.

1.1.6 Calendario: Todas las fechas consignadas en el calendario se indicaran empleando el siguiente formato: dd/mm/aaaa.

a) Fecha de Venta de Bases: Indicar la fecha de inicio y la fecha de término de la venta de Bases.
b) Plazo para la Presentación de Consultas: Consignar el plazo durante el cual los adquirientes de las bases podrán formular consultas, solicitar aclaración de cualquiera de sus extremos o plantear solicitudes respecto a ellas.
c) Fecha de Absolución de Consultas: Consignar el plazo para la notificación de la absolución de consultas, aclaración o pronunciamiento sobre solicitudes.
d) Plazo para Formulación de Observaciones a las Bases: Consignar el plazo durante el cual los adquirientes de las bases podrán formular observaciones a las bases.
e) Integración de las Bases: Fecha en la cual se realizará la notificación de la integración de las Bases.
f) Presentación y Apertura de Propuestas: Deberá indicar la (s) fecha (s) y hora para la presentación de propuestas, apertura de sobres y evaluación.
g) Fecha de otorgamiento de la Buena Pro: Fecha en que el Comité Especial anunciará los resultados de la calificación de las propuestas y otorgará la Buena Pro.

1.2 Para Adjudicaciones Directas Públicas:
En los avisos a que se refiere los artículos 50°, 84° y 86° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se consignará la siguiente información:

1.2.1    Título del Aviso : AVISO DE CONVOCATORIA
1.2.2    Número de Convocatoria: 1ra Convocatoria o 2da Convocatoria, según corresponda.
1.2.3    Entidad Convocante.

a) Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Se debe indicar el nombre completo de la Entidad convocante, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b) RUC de la Entidad convocante: Indicar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
c) Domicilio de la Entidad convocante. Indicar el domicilio legal vigente.

1.2.4    Datos del Proceso:

a)Número del proceso: El número del proceso se colocará según lo indicado en el numeral 1 de las Disposiciones Generales de la presente Directiva.
b)Fuente de Financiamiento: Indicar la fuente o fuentes de los recursos con los que se financiará la contratación o adquisición materia de la convocatoria. Si hay mas de una fuente de financiamiento involucrada en el proceso, se indicará el monto respectivo por cada fuente.
c)Valor Referencial: Deberá indicarse en la moneda que se convoque, salvo que sea de carácter reservado, en cuyo caso se indicará tal condición: RESERVADO.
d)Objeto del Proceso: Indicar la naturaleza del objeto materia de la convocatoria: bienes, suministro, obras, consultoría de obra, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
e)Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.
f)Código CIIU del Objeto: Colocar el código CIIU a seis (6) dígitos. Indicar el código que más se aproxime a la naturaleza de la adquisición o contratación.
g)Lugar de ejecución de la prestación: Indicar la ubicación geográfica, detallando el o los departamentos, provincias o distritos, donde serán ejecutadas las obras, utilizados o suministrados los bienes o prestados los servicios materia del proceso.
h)Procesos según relación de ítems: Deberá indicarse los ítems involucrados en la convocatoria y el objeto de cada uno de ellos y el lugar de ejecución de la prestación. En estos casos se indicará, además, el valor referencial de cada ítem y el valor referencial total del proceso de selección.

1.2.5    Venta de Bases:

a)Lugar de Venta de Bases: Deberá indicarse la dirección de la oficina donde éstas se adquirirán y el horario de atención para la venta de bases.
b)Costo de las Bases : Indicar el costo de las Bases y la forma de pago.

1.2.6    Calendario: Todas las fechas consignadas en el calendario se indicaran empleando el siguiente formato: dd/mm/aaaa.

a)Fecha de Venta de Bases: Indicar la fecha de inicio y la fecha de término de la venta de Bases.
b)Plazo para la presentación de Consultas, absolución y aclaración de las Bases, formulación de las observaciones e integración de las mismas: Se debe consignar el plazo durante el cual los adquirientes de las Bases podrán formular consultas y observaciones a las Bases, así como la fecha en que se notificará de las absoluciones y aclaraciones e integraciones de las Bases.
c)Presentación y Apertura de Propuestas: Se deberá indicar la fecha y hora para la presentación de propuestas.
d)Otorgamiento de la buena pro: Indicar la fecha en que el Comité Especial anunciará los resultados de la calificación de las propuestas y otorgará la buena pro.

1.2.7    Procesos derivados de Licitación o Concurso Públicos (sólo si corresponde): En aquellos procesos derivados de una Licitación o Concurso Públicos según relación de ítems que fueron declarados desiertos en forma parcial, se deberá indicar como antecedente y en un rubro especial, el número del proceso de origen tal como fue publicado en su oportunidad.

2.   De la Prórroga o Postergación de etapas del proceso de selección.
En los avisos a que se refieren los artículos 30° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 76° y 86° de su Reglamento, se consignará la siguiente información:

2.1   Título del Aviso : AVISO DE PRÓRROGA
2.2   Entidad Convocante:

a)Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Indicar el nombre completo de la Entidad que convoca al proceso de selección, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b)RUC de la Entidad convocante: Indicar el Registro Único de Contribuyente (RUC) según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

2.3    Datos del Proceso:

a)Número del proceso: Tal como se publicó en el aviso de la convocatoria.
b)Objeto del Proceso: Indicar según el tipo del objeto: bienes, suministro, obras, consultoría de obras, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
c)Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.

2.4    Calendario Actualizado: Indicar el nuevo cronograma del proceso utilizando el formato dd/mm/aaaa para las fechas, tal como se indica para el caso de los avisos de convocatoria.

3.    Del Otorgamiento de la Buena Pro.
En los avisos a que se refiere los artículos 30° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 76° y 91° de su Reglamento, se consignará la siguiente información:

3.1 Título del Aviso : OTORGAMIENTO DE BUENA PRO
3.2 Entidad Convocante :

a)Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Indicar el nombre completo de la Entidad convocante, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b)RUC de la Entidad convocante: Indicar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

3.3 Datos del Proceso:

a)Número del proceso: Tal como se publicó en el aviso de la convocatoria.
b)Objeto del Proceso: Indicar según el tipo del objeto: bienes, suministro, obras, consultoría de obras, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
c)Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.

3.4 Datos del Postor ganador de la buena pro:

a)Nombre/Razón Social del Postor ganador: Indicar el nombre o razón social completo del postor ganador de la Buena Pro según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. En el caso de procesos según relación de ítems se consignará el nombre o razón social del postor ganador de la Buena Pro por ítems adjudicados.
b)Domicilio del Postor ganador: Se debe indicar el domicilio del postor ganador del proceso o de los ganadores de cada ítem, según corresponda.
c)RUC del Postor ganador: Indicar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) del postor ganador o del ganador de cada ítem, según corresponda.

3.5 Datos del objeto del proceso:

a)Items Adjudicados : Consignar los ítems adjudicados.
b)Bienes o servicios nacionales: En los procesos regulares y en los convocados según relación de ítems deberá precisarse si se aplicó al ganador de la buena pro el beneficio del Decreto de Urgencia N° 064-2000 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.
c)Monto Adjudicado: Deberá precisarse el monto exacto de la propuesta ganadora de la buena pro. En el caso de procesos según relación de ítems, se consignará el monto de cada ítem y el total adjudicado por cada postor.
d)Items declarados Desiertos: En el caso de procesos según relación de ítems se consignará los ítems que fueron declarados desiertos.

4.    De la Cancelación de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas.

4.1. La cancelación del proceso de selección sólo puede ser declarada mediante resolución del mismo o superior nivel de aquél que autorizó la realización del proceso de selección y por alguna de las causales previstas por el artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado: a) fuerza mayor o caso fortuito, b) cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o c) cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo responsabilidad exclusiva de la Entidad.
4.2. La cancelación del proceso de selección sólo se puede declarar hasta antes del otorgamiento de la buena pro.
4.3. La parte considerativa de la resolución que declara cancelación del proceso de selección deberá precisar la causal o causales que la justifican.
4.4. El funcionario que declara la cancelación del proceso deberá comunicar por escrito tal hecho al Comité Especial encargado, al día siguiente de haberse adoptado la decisión. A su vez, el Comité Especial, al día siguiente de recibir la comunicación, deberá notificar dicha decisión a todos los adquirientes de Bases, invitados o postores, según corresponda, debiendo precisar la fecha en que se hará efectivo el reintegro del pago del costo de las Bases, para lo cual bastará la sóla presentación del respectivo comprobante de pago, fecha que no podrá exceder de los cinco (5) días posteriores a la notificación.
4.5. La resolución que declara la cancelación del proceso de selección deberá publicarse, por una sóla vez, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el que se hubiere comunicado la convocatoria, dentro de los cinco (5) días posteriores a la adopción de la decisión, con excepción de los procesos de adjudicación directa selectiva y de adjudicación de menor cuantía, en los que basta la comunicación a los adquirientes de Bases, postores o invitados, según corresponda.

5.   De la Declaración de Desierto de Proceso de Selección.
En los avisos a que se refieren los artículos 32° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 76° y 86° de su Reglamento, se consignará la siguiente información:

5.1.Título del Aviso : DECLARACIÓN DE DESIERTO
5.2. Entidad Convocante:

a)Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Nombre completo de la Entidad que convoca al proceso de selección, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b)RUC de la Entidad convocante: Indicar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

5.3. Datos del Proceso:

a)Número del proceso: Tal como se publicó en el aviso de la convocatoria.
b)Objeto del Proceso: Indicar según el tipo del objeto: bienes, suministro, obras, consultoría de obra, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
c)Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.

5.4 Causal de la Declaración de Desierto: Indicar si la declaración de desierto es por número mínimo de postores o por número mínimo de ofertas válidas.

6. De la Exoneración de proceso de selección.

6.1. La exoneración de proceso de selección deberá ser aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, por Acuerdo del Directorio en el caso de las empresas del Estado, o por Acuerdo del Consejo Municipal en el caso de los gobiernos locales. Dicha facultad es indelegable.
6.2. La Resolución o Acuerdo que aprueba la exoneración del proceso de selección deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, excepto en los casos a que se refieren los incisos b) y d) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
6.3. La Resolución o Acuerdo deberá precisar la causal en la que se sustenta la exoneración, ya sea que se trate de los previstos por el artículo 19° o de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
6.4. La parte considerativa del instrumento que aprueba la exoneración, debe sustentarse en el informe técnico-legal que deberán emitir las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad, el que a su vez deberá contener la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad.
6.5. La parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneración de proceso de selección deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes servicios u obras materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneración, según corresponda, así como determinar la dependencia u órgano encargado de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación.
6.6. Las resolución o Acuerdo que aprueba la exoneración del proceso de selección, así como el informe técnico-legal, deberán remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de su aprobación, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda.

7. De la Nulidad de Oficio.

7.1. La nulidad de oficio del proceso de selección, sólo puede ser declarada por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda y por alguna de las causales establecidas por el artículo 57° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta facultad es indelegable
7.2. La nulidad de oficio sólo puede ser declarada hasta antes de la suscripción del contrato. Después de celebrado el mismo, sólo es posible declarar la nulidad por efecto del artículo 9° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
7.3. La parte considerativa de la Resolución que declara la nulidad del proceso deberá describir la causal o causales que justifican la nulidad y la parte resolutiva deberá señalar la etapa a la que se retrotrae el proceso, si corresponde.
7.4. La resolución que declara la nulidad de oficio deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda.

8. De la Fe de Erratas.
En los avisos sobre fe de erratas de las publicaciones reguladas por la presente Directiva, se consignará la siguiente información:

8.1 Título del Aviso : Fe de Erratas
8.2 Entidad Convocante:

a)Nombre, razón social o denominación de la Entidad convocante: Nombre completo de la Entidad que convoca al proceso de selección, según consta en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
b)RUC de la Entidad convocante: Indicar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) según los registros de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

8.3  Datos del Proceso:

a)Número del proceso: Tal como se publicó en el aviso de la convocatoria.
b)Objeto del Proceso: Indicar según el tipo del objeto: bienes, suministro, obras, consultoría de obras, servicios de consultoría, servicios en general, arrendamientos, seguros.
c)Descripción del Objeto: Deberá consignar la descripción básica de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar.

8.4  Aclaración del error: Indicar el rubro a modificar y emplear "Dice: (...) " y "Debe Decir: (...) " al inicio de cada dato materia de corrección.

VII. DISPOSICIONES FINALES

1. La presente Directiva es aplicable a partir del día siguiente de su publicación.

2. El titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad, según sea el caso, serán los responsables del cumplimiento de la presente Directiva, bajo responsabilidad.

3. Las Entidades deberán ajustar sus publicaciones a los modelos de avisos de los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6 que forman parte de la presente Directiva.