Acuerdos de Sala Plena  
  ACUERDO N° 017/010 - 04.09.2002  
  FORMULACIÓN DE PROPUESTAS ECONÓMICAS HASTA CON DOS (2) DECIMALES  
 

 

 

 FORMULACIÓN DE PROPUESTAS ECONÓMICAS HASTA CON DOS (2) DECIMALES

 

El Tribunal, luego del análisis y debate correspondiente, por unanimidad, ACORDÓ:

1. Que los valores referenciales que establezcan las Entidades y las propuestas económicas que presenten los postores participantes en los procesos de selección convocados en aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas ampliatorias, modificatorias y conexas, deben ser formuladas en cifras monetarias que consideren hasta un máximo de dos (02) decimales.

2. Que las Entidades deberán cumplir con señalar en las Bases y/o Especificaciones Técnicas, en forma expresa con letras y números el monto a que asciende el 110%, el 90% ó 70% del valor referencial, según lo establecido en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley No. 26850, modificado por la Ley No. 27738, con la finalidad de que los postores tengan conocimiento de los límites máximos y mínimos para que sus ofertas económicas sean consideradas válidas. 

Publicado: 23.09.2002