APRUEBAN REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - CONSUCODE  
 
DECRETO SUPREMO N° 040-2006-EF (*) 
 
(*) DEROGADO por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 054-2007-EF, publicado el 06 mayo 2007.  
 
(*) El Anexo del presente Decreto Supremo, fue publicado el 13 abril 2006.  
 
CONCORDANCIAS  
 
R. N° 221-2006-CONSUCODE-PRE (Aprueban Directiva "Disposiciones Complementarias sobre Evaluación y Calificación de Propuestas de Consorcios en Procesos de Selección para la Adquisición de Bienes)  
 
D.S. N° 182-2006-EF (Constitúyase la Comisión de reestructuración del CONSUCODE)  
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA  
 
CONSIDERANDO:  
 
Que, mediante Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se creó el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM se aprobó su actual Reglamento de Organización y Funciones - ROF;  
 
Que, la Ley Nº 28267 modificó diversos artículos de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; modificaciones que dieron lugar a la expedición del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su nuevo Reglamento, aprobados mediante los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente;  
 
Que, la entrada en vigencia de la indicada normativa ha implicado un incremento e intensificación de las funciones, procedimientos y responsabilidades a cargo de CONSUCODE, en su calidad de organismo rector en la materia, por lo que requiere reforzar y consolidar sus principales líneas de acción;  
 
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal, estableciéndose que dichos documentos de gestión deben formularse a partir de la estructura orgánica debidamente aprobada por el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad;  
 
Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones con el objeto de obtener mayores niveles de eficiencia, de manera que se logre reforzar y consolidar sus líneas de acción, en capacitación y difusión de la normativa materia de su competencia, desconcentración de sus servicios a nivel nacional, ampliación del mercado de usuarios y la implementación del Registro Nacional de Proveedores, administración e informatización de los nuevos procedimientos de adquisiciones previstos en la Ley y el Reglamento, tales como subasta inversa virtual y presencial, convenios marco de precios, catálogo de bienes, compras corporativas; y,  
 
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y la Directiva Nº 004-2006-EF/76.01 para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2006;  
 
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;  
 
DECRETA:  
 
Artículo 1.- Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, que consta de diez (10) Capítulos, ochenta y tres (83) artículos y una (1) Disposición Complementaria, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.  
 
Artículo 2.- Autorícese a CONSUCODE a adecuar su Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con el presente Decreto Supremo, otorgándosele un plazo de sesenta (60) días para que lo presente, para su aprobación.  
 
Artículo 3.- Déjese sin efecto el Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM.  
 
Artículo 4.- El Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicado el presente Decreto Supremo.  
 
Artículo 5.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.  
 
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril del año dos mil seis.  
 
 
 
ALEJANDRO TOLEDO  
 
Presidente Constitucional de la República .  
 
 
 
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI  
 
Ministro de Economía y Finanzas
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