Resoluciones de Presidencia Ejecutiva  
  Resolución N° 380- 2003/CONSUCODE/PRE  
  emitida el 29/12/2003.  
 

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 

Resolución Nº 380-2003/CONSUCODE/PRE

Jesús María, 29 de diciembre del 2003


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, y la Segunda Disposición Final de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE tiene, entre otras funciones, la de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratación pública, pudiendo dictar para tal efecto las disposiciones complementarias pertinentes;

Que, el artículo 7° de la citada Ley y los artículos 5°, 6°, 7°, 8° y 9° de su Reglamento, establece que las Entidades del Sector Público están obligadas a formular su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que, una vez aprobado, debe ser remitido al CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME, además de estar a disposición de los interesados en la página web y en las oficinas de la Entidad;

Que, la información correspondiente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe integrar el Sistema de Información sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado, cuya implementación y administración está a cargo del CONSUCODE, de conformidad con lo previsto por el numeral 2) del artículo 7° del mencionado Reglamento;

Que, en razón a lo expuesto y a fin de uniformizar los criterios para la elaboración del mencionado Plan Anual y facilitar la transferencia de la información pertinente, resulta necesario precisar las obligaciones de las Entidades, ordenar el tipo, contenido y las características de la información, los modelos de formatos correspondientes, la oportunidad de su remisión al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, así como las sanciones por su incumplimiento;

De conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Segunda Disposición Final de su Reglamento; y numeral 2) del artículo 4° y numerales 3) y 22) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2001-PCM; con las visaciones de la Gerencia Técnico Normativa;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 005-2003-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboración y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que las Entidades del Sector Público bajo el ámbito de aplicación de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, así como la oportunidad y mecanismos para su remisión al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, lo que incluye el Anexo Nº 1, que contiene el formato para la elaboración y remisión del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y que forma parte de aquélla.

Artículo Segundo.- La Directiva N° 005-2003-CONSUCODE/PRE entrará en vigencia a partir del primer día hábil del ejercicio presupuestal correspondiente al Año Fiscal 2004.

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Directiva N° 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE de fecha 07.12.2001, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva N° -2003-CONSUCODE/PRE.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese,




RICARDO SALAZAR CHAVEZ

PRESIDENTE

 
 
 
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