Resoluciones de Presidencia Ejecutiva  
  Resolución N° 299- 2005/CONSUCODE/PRE  
  emitida el 15/08/2005.  
 

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 

Resolución Nº 0299-2005/CONSUCODE/PRE


Jesús María, 15 de agosto de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial.

Que el artículo 23º del indicado Reglamento establece las reglas a que se sujeta el período de puja del acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro, como etapa de esta modalidad de selección.

Que resulta necesario establecer que las Entidades convocantes decidirán si el período de puja se desarrollará por medio de lances verbales o de lances por medios electrónicos con el uso de una Intranet; por lo que debe modificarse el referido artículo del Reglamento.

De conformidad con lo establecido tanto en el inciso b) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como en el numeral 2) del artículo 4° y en el numeral 22) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 021-2001-PCM, con la visación de la Gerencia Técnica Normativa y la Gerencia de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

Artículo Primero. Modificar el artículo 23º del Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 23º.- Periodo de Puja

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º, podrán participar en el periodo de puja, ya sea realizando lances verbales o lances por medios electrónicos, según haya sido establecido por la Entidad en la convocatoria, para lo cual tendrán como Precio Base al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento, debiendo contemplar necesariamente el decremento mínimo establecido en la convocatoria.

Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias.

La realización de los lances se sujeta a lo siguiente:

a) Puja con lances verbales:

El presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la subasta inversa cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido.

El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas.

b) Puja con lances por medios electrónicos:

Antes de dar inicio al periodo de puja, el Presidente del Comité Especial entregará a cada uno de los postores clasificados un sobre conteniendo sus respectivas claves de acceso al sistema informático de lances por medios electrónicos y les asignará un Terminal PC. El sistema identificará a los postores de bienes de origen nacional y registrará el desarrollo de la puja, debiendo emitir un reporte sobre todos los lances realizados durante la misma.

Durante el periodo de puja, los postores clasificados pueden realizar propuestas de precios las veces que crean conveniente. Para ser aceptada, cada postura tiene que ser igual o menor a la diferencia, entre la postura líder en ese momento y el decremento mínimo.

La Entidad proporcionará todas las facilidades de asistencia a los postores participantes y pondrá a disposición de ellos un aplicativo que permita ejecutar posturas o pujas, siguiendo las directrices contenidas en el Anexo I del presente Reglamento. La Entidad convocante es responsable de la idoneidad o adecuación del programa a las citadas directrices. Directamente o valiéndose de terceros, CONSUCODE podrá verificar que el programa cumpla con lo establecido en la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, debiendo ser cubierto el costo de la verificación por el proveedor del aplicativo.

El cierre del periodo de puja por medios electrónicos será realizado automáticamente por el sistema cuando el último precio propuesto permanezca inmovilizado durante tres (03) minutos, lo que significará que no hay más ofertas, identificándose el último precio propuesto por cada uno de los postores participantes.”

Artículo Segundo. Incluir el Anexo I : Directrices que debe cumplir el aplicativo informático para la realización de pujas con lances por medios electrónicos, en el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, cuyo texto será el siguiente:

“ANEXO I

Directrices que debe cumplir el aplicativo informático para la realización de pujas con lances por medios electrónicos

El programa informático deberá permitir a la Entidad:

a- Asignar usuarios y claves de acceso a los postores que participen en el periodo de puja.
b- Registrar el precio inicial de la puja.
c- Registrar a los postores que ofertan productos de origen nacional.
d- Conocer la cantidad de postores que se encuentran participando en el periodo de puja.
e- Visualizar todos los lances para conocer el precio que va ganando. De acuerdo a la normativa vigente de fomento a la producción nacional, si en el proceso de subasta participan proveedores f-  con productos de origen nacional, el programa recalculará el puntaje final en base a las propuestas económicas vigentes y mostrará al proveedor que va ganando.
g- Visualizar la bitácora de transacciones mientras se realiza la subasta.
h- Visualizar la cuenta regresiva del tiempo para el cierre del periodo de puja.
i-  Solicitar declaración de intenciones de impugnación inmediatamente.
j- Declarar consentida inmediatamente la buena pro de no haber intenciones de impugnación.

Al final del proceso, generará el Acta respectiva, un reporte con la lista de participantes debidamente identificados declarando la oferta ganadora y al proveedor ganador, que incluye la bitácora de transacciones. El programa generará este reporte en un formato que permita a la Entidad reportarlo al SEACE.

El programa informático deberá permitir al proveedor:

a- Registrar sus ofertas participando en línea en la puja hasta el momento del cierre del periodo de puja.
b- Conocer la cantidad de postores que se encuentran participando en la sala.
c- Ocultar su identidad real frente a los demás participantes (proveedores y martillero), utilizando un seudónimo asignado por el sistema, mientras dura el periodo de puja.
d- Visualizar todos los lances para conocer el precio que va ganando. De acuerdo a la normativa vigente de fomento a la producción nacional, si en el proceso de subasta participan proveedores con productos de origen nacional, el programa recalculará el puntaje final en base a las propuestas económicas vigentes y mostrará al proveedor que va ganando.
e- Visualizar la bitácora de transacciones mientras se realiza la subasta.
f-  Visualizar la cuenta regresiva del tiempo para el cierre del periodo de puja.
g- Registrar su intención de impugnar el resultado, para efectos de la aplicación del artículo 26.

El programa informático a emplear deberá contener funciones que brinden facilidades de pistas de auditoría (registro de usuarios, acciones, fecha, hora, imágenes anteriores y posteriores, entre otras), siendo la elección del programa informático de entera responsabilidad de la Entidad convocante”.

Artículo Tercero. Lo dispuesto en la presente Resolución es de aplicación obligatoria a partir del día siguiente de su publicación.


Regístrese y Comuníquese.

RICARDO SALAZAR CHAVEZ

PRESIDENTE

 
 
 
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