Resoluciones de Presidencia Ejecutiva  
  Resolución N° 494- 2006/CONSUCODE/PRE  
  emitida el 07/11/2006  
 

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 

Resolución Nº 494-2006/CONSUCODE/PRE


Jesús María, 07 de noviembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de las modalidades a las que hace referencia el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

Que, conforme a lo establecido por el segundo párrafo del artículo 176° del Reglamento citado precedentemente, corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes que pueden adquirirse bajo esta modalidad;

Que, mediante Resolución Nº 324-2006-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, estableciéndose el procedimiento a seguir tanto para la inclusión y exclusión de bienes en el Listado de Bienes Comunes como para la aprobación de las correspondientes fichas técnicas

Que; el Oficio N° 2252-2006-DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA remitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), solicita la modificación de dos (2) fichas técnicas de medicamentos aprobadas e incluidas en el Listado de Bienes Comunes del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, a fin de actualizar las características técnicas de las mencionadas fichas, conforme a los acuerdos de orden técnico a los que arribaron el Seguro Social de Salud – ESSALUD, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior, con el objeto de mantener un criterio uniforme en todas las fichas de medicamentos.

Que, de lo expuesto se aprecia que corresponde al CONSUCODE aprobar el listado de bienes transables y las correspondientes fichas técnicas de los bienes que las Entidades del Sector Público podrán adquirir bajo la Modalidad de Subasta Inversa Presencial, por lo que resulta conveniente su aprobación;

Que, a la fecha CONSUCODE ha aprobado trescientas dieciocho (318) fichas técnicas de bienes para la Modalidad de Selección de Subasta Inversa Presencial;

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 28) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2006-EF, con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Normas y Procesos.

SE RESUELVE:

Artículo Único.-. Modificar las fichas técnicas de los bienes comunes, para que puedan ser adquiridos bajo la modalidad de selección por Subasta Inversa Presencial, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución, y corresponden a los siguientes bienes:

Dicloxacilina, 250 mg/5 ml x 120 ml, Polvo para Suspensión.
Bencilpenicilina Sódica, 1 000 000 UI, Inyectable.






 
                                                                                  Regístrese, Comuníquese y Publíquese,

                                                                                            RICARDO SALAZAR CHAVEZ

PRESIDENTE 

 
 
 
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