Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 177-2007/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 04 de abril de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 61º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es el órgano jurisdiccional del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual se organiza en Salas, conformadas por tres Vocales que son nombrados mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por un plazo de tres años renovable;
Que, la Décima Quinta Disposición Final de la Ley 28979, Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras Disposiciones; autoriza al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), a poner en funcionamiento tres Salas adicionales en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para lo cual también autoriza el nombramiento de los vocales y el equipo técnico especializado que se requiera;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-2007-EF, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 16 de marzo de 2007, se designa a los Vocales del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin que se ponga en funcionamiento las tres Salas adicionales, en cumplimiento a lo dispuesto en la Décima Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28979;
Que, mediante Resolución Nº 149-2007-CONSUCODE/PRE de fecha 23 de marzo de 2007, se constituyeron dos Salas del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conformada; en el caso de la Primera Sala, por el abogado Derik Roberto Latorre Boza, quién la preside, la abogada Wina Grely Margarita Isasi Berrospi y el abogado Carlos Cabieses López; y en el caso de la Segunda Sala, el abogado Carlos Augusto Salazar Romero, quién la preside, el abogado Oscar Martín Luna Milla y el señor Juan Carlos Mejía Cornejo;
Que, con la finalidad que se ponga en funcionamiento las tres salas adicionales del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se ha exonerado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) de las normas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, establecidas en la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; en ese sentido, resulta necesaria la conformación de una tercera sala;
De conformidad con el numeral 28) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Constituir la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que estará conformada por los siguientes Vocales:
- Juan Carlos Valdivia Huaringa, quién la presidirá.
- Víctor Manuel Rodríguez Buitrón.
- Janette Elke Ramírez Maynetto
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Regístrese y Comuníquese,
LUIS TORRICELLI FARFAN
PRESIDENTE |