Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 0513-2005/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 30 de diciembre de 2005
VISTO:
El Memorando Nº 280-2005/PRES-T, de fecha 18 de abril de 2005, emitido por la Presidencia del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, tiene la función de aprobar las directivas que fijen los criterios de interpretación o de integración de dicha Ley y su Reglamento, así como las de orientación sobre las materias de su competencia;
Que, el artículo 61º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, define al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como el órgano jurisdiccional del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Que, el numeral 7 del artículo 70º del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece como una de las atribuciones del Presidente del Tribunal, formular mejoras a las políticas, reglamentos y procedimientos del Tribunal;
Que, las diversas modificaciones efectuadas a la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, han generado el incremento progresivo de recursos de revisión y solicitudes de aplicación de sanción ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por lo que es necesario regular la simplificación de los actos administrativos de trámite seguidos ante este órgano colegiado, con la finalidad que sean oportunamente conocidos por quiénes tengan legítimo interés en su contenido;
De conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 59° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el numeral 2) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 017-2005/CONSUCODE/PRE, cuyo Texto forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La presente Directiva es de aplicación obligatoria para todas las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, así como para los postores y contratistas.
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Regístrese y Comuníquese.
RICARDO SALAZAR CHAVEZ
PRESIDENTE
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