Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 590-2006/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 27 de diciembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, establece los tipos de procesos de selección que deben desarrollar las Entidades, precisando que el Reglamento determinará las características, requisitos, procedimientos, sistemas y modalidades a cada proceso de selección;
Que, el artículo 57º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, establece que los procesos de selección previstos en el artículo 14º de la Ley podrán sujetarse, entre otros, a la modalidad de Subasta Inversa;
Que, los artículos 175º al 186º del Reglamento regulan, dentro de las modalidades especiales de selección, la de Subasta Inversa, por la cual una Entidad realiza la adquisición de bienes comunes a través de una oferta pública y en la que, el postor ganador será aquel que ofrezca el menor precio en igualdad de circunstancias comerciales y de servicio, pudiendo realizarse de manera presencial o electrónica;
Que, el artículo 175º del Reglamento dispone que la Subasta Inversa Electrónica o Virtual se realiza a través de la utilización de recursos de tecnología de la información, de acuerdo a los procedimientos que establezca la reglamentación específica.
Que el inciso b) del artículo 59º de la Ley , establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) tiene como una de sus funciones, la de orientar sobre las materias de su competencia, y la Primera Disposición Final del Reglamento establece que las normas complementarias serán aprobadas mediante resoluciones emitidas por este organismo supervisor;
Que, atendiendo a las normas glosadas, es necesario establecer las reglas y particularidades complementarias al procedimiento general recogido en la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, que deben seguirse cuando corresponda utilizar la modalidad de selección por subasta inversa electrónica o virtual, por lo que resulta conveniente aprobar su reglamento;
De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3) y 28) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; contando con las visaciones de la Gerencia de Normas y Procesos y la Gerencia de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de la modalidad de selección por Subasta Inversa Electrónica, que consta de dos (2) Títulos, veintinueve (29) Artículos y un (1) Glosario de Términos, los mismos que forman parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La Gerencia de Capacitación e Información de CONSUCODE desarrollará el modulo de capacitación de la Subasta Inversa Electrónica, para efectos de un uso adecuado de la aplicación tecnológica.
Las operaciones a través de la modalidad de selección por Subasta Inversa Electrónica se iniciarán en la oportunidad que CONSUCODE emita el Comunicado respectivo
Regístrese, Comuníquese y Publíquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ
PRESIDENTE
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