Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 191-2006/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 28 de abril de 2006
VISTO:
El proyecto del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, formulado por la Gerencia del Registro mediante Memorando N° 298-2006-GRNP.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 6° y 16° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establecen que el CONSUCODE aprobará las normas complementarias del Registro Nacional de Proveedores;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento del Registro Nacional de Proveedores a cargo del CONSUCODE a fin de contar con la información necesaria para inscribir, habilitar o inhabilitar a proveedores, participantes, postores o contratistas;
Que, estando a lo informado por la Gerencia del Registro y contando con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 4° inciso 4) y artículo 7° inciso 27) del Decreto Supremo N° 040-2006-EF, Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Registro Nacional de Proveedores, que consta de cincuenta (50) artículos, seis (6) disposiciones complementarias y cuatro (4) disposiciones finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución
Artículo Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 169-2005-CONSUCODE/PRE que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Proveedores.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ
PRESIDENTE |