Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 053-2006/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 01 de febrero de 2006
CONSIDERANDO:
Que el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de las modalidades a las que hace referencia el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Que, conforme a lo establecido por el segundo párrafo del artículo 176° del referido Reglamento, corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes que pueden adquirirse bajo esta modalidad;
Que, mediante Resolución Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, estableciéndose el procedimiento a seguir tanto para la inclusión y exclusión de bienes en el Listado de Bienes Comunes como para la aprobación de las correspondientes fichas técnicas;
Que, mediante Resolución Nº 015-2006-CONSUCODE/PRE, se aprobó las fichas técnicas correspondientes a Fólder de Manila, Diskettes, Disco Compacto Grabable y Disco Compacto Regrabable;
Que el Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM, que aprueba el Plan Piloto de implementación de las Compras Corporativas Obligatorias en el Estado Peruano, establece que las Entidades Técnicas determinan, en última instancia, las características y/o detalle de las especificaciones técnicas de los bienes a ser adquiridos en el marco de las compras corporativas obligatorias, para lo cual deberán coordinar con este Consejo Superior; y que, para el caso de útiles de escritorio y material PAD, la Entidad Técnica es el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, a través del Oficio Nº 081-2006-EF/43.50, el Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, solicita la modificación de las fichas técnicas de Fólder de Manila, Diskettes, Disco Compacto Grabable y Disco Compacto Regrabable;
Que es necesario atender el pedido solicitado adecuando las respectivas fichas técnicas a las condiciones que presenta el mercado en la comercialización de tales bienes comunes, así como con el objetivo de facilitar el desarrollo del procedimiento de subasta inversa en la adquisición de los mismos.
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 22) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, y con la visación de la Gerencia Técnico Normativa y la Gerencia de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-. Modificar las fichas técnicas de los siguientes bienes comunes, en los términos establecidos en los anexos de la presente Resolución:
1. Fólder de Manila (Código:B710600040005)
2. Diskettes (Código:B767400030001)
3. Disco Compacto Grabable (Código:B767400040007)
4. Disco Compacto Regrabable (Código:B767400040008)
Artículo Segundo.-. Los cambios introducidos serán obligatorios en aquellos procesos de selección desarrollados bajo la modalidad de subasta inversa que se convoquen a partir de la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
Regístrese, Comuníquese y Publíquese,
RICARDO SALAZAR CHAVEZ
PRESIDENTE
|