Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 418-2007/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 21 de agosto de 2007
VISTO:
La Carta Nº 027-2007-GG-PJ de fecha 15.08.07 del Poder Judicial, y sus documentos adjuntos; así como el Memorando Nº 043-2007/SSIN/ATH
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 57° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de las modalidades a las que hace referencia el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Que, conforme a lo establecido por el tercer párrafo del artículo 176° del citado Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2007-EF, corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes y servicios comunes que pueden adquirirse bajo esta modalidad, así como revisar permanentemente las mismas, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico legal;
Que, mediante Resolución Nº 094-2007-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial; asimismo, mediante Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE se aprueba el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Electrónica, modificado por Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE, estableciéndose en éstos la forma a seguir para la inclusión y exclusión de bienes y/o servicios en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, así como para la aprobación de las correspondientes fichas técnicas;
Que, mediante Resolución Nº 243-2007-CONSUCODE/PRE de fecha 08 de mayo de 2007 se aprobó la inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes de la ficha técnica denominada “Computadora Personal Tipo I”.
Que, el Poder Judicial, Entidad proponente de la ficha técnica mencionada, remite con carta Nº 027-2007-GG-PJ de fecha 15 de agosto de 2007, las observaciones técnicas de potenciales postores para que este Consejo Superior adopte las acciones pertinentes;
Que, de conformidad al análisis efectuado de la ficha técnica mencionada y de la documentación remitida, resulta pertinente reevaluar las características técnicas y la vigencia tecnológica de las mismas, habida cuenta que existe sustento técnico que pone de manifiesto la inminente obsolescencia del bien denominado: Computadora Personal Tipo I, por tal motivo, se concluye la pertinencia de que el CONSUCODE excluya del Listado de Bienes y Servicios Comunes la ficha técnica aludida;
De conformidad con lo dispuesto por los numerales 21) y 23) del artículo 7¢ª del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo N¢ª 054-2007-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Excluir la ficha técnica aprobada mediante Resolución Nº 243-2007-CONSUCODE/PRE, del Listado de Bienes y Servicios Comunes del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución, y corresponde al siguiente bien:
- Computadora Personal Tipo I
Regístrese y Comuníquese,
LUIS TORRICELLI FARFAN
PRESIDENTE |