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Resolución N¡Æ 379- 2007/CONSUCODE/PRE
emitida el 19/07/2007.

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 

Resolución Nº 379-2007/CONSUCODE/PRE

                                                                                                                                                                                       Jesús María, 19 de julio de 2007
 

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de las modalidades a las que hace referencia el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

Que, conforme a lo establecido por el tercer párrafo del artículo 176° del citado Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2007-EF, corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes y servicios comunes que pueden adquirirse bajo esta modalidad;

Que, mediante Resolución Nº 094-2007-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial; asimismo, mediante Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE se aprueba el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Electrónica, modificado por Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE, estableciéndose en éstos la forma a seguir para la inclusión y exclusión de bienes y/o servicios en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, así como para la aprobación de las correspondientes fichas técnicas;

Que, mediante Resolución Nº 318-2007/CONSUCODE/PRE de fecha 11 de junio de 2007 se aprobó la inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes de diez (10) fichas técnicas de seguros.

Que, dentro del periodo previsto para recibir sugerencias a los proyectos de fichas técnicas de los seguros citados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º del Reglamento de la Modalidad de Subasta Inversa Presencial, sólo una compañía aseguradora planteó sugerencias a cada uno de éstos.

Que, mediante comunicaciones s/n de fecha 14.06.07 y 20.06.07, las compañías aseguradoras MAPFRE CIA DE SEGUROS y RIMAC INTERNACIONAL, respectivamente, manifestaron su observaciones en relación a la utilización de las fichas técnicas de seguros aprobadas mediante Resolución Nº 318-2007-CONSUCODE/PRE;

Que, en la reunión de coordinación que se llevó a cabo el 12.07.07 en la sede institucional de CONSUCODE, contando con la presencia de representantes de las principales compañías de seguros, de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se puso de manifiesto la necesidad de proceder a la reevaluación de las fichas técnicas aludidas;

Que, de conformidad al análisis exegético efectuado se concluye la pertinencia de la reevaluación de las referidas fichas técnicas, correspondiendo que el CONSUCODE las excluya del Listado de Bienes y Servicios Comunes;

De conformidad con lo dispuesto por los numerales 21) y 23) del artículo 7¢ª del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo N¢ª 054-2007-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Excluir las fichas técnicas aprobadas mediante Resolución Nº 318-2007/CONSUCODE/PRE, e incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución, y corresponden a los siguientes servicios:

- Seguro de Vida Ley
- Seguro de Accidentes Personales para Encargados de la Custodia de Unidades de Peaje, Estaciones de Pesaje y Otros
- Seguro de Accidentes Personales en Base a Planillas de Sueldos
- Seguro de Accidentes Personales por Actividad
- Seguro Deshonestidad 3-D
- Seguro Programa Formación Laboral y Formación Profesional
- Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Pensión
- Seguro de Vehículos
- Seguro Multiriesgo
- Seguro de Cascos


Regístrese y Comuníquese, 


LUIS TORRICELLI  FARFAN

PRESIDENTE

 
 
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