Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 368-2007/CONSUCODE/PRE
Jesús María, 11 de julio de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 57° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Subasta Inversa es una de las modalidades a las que hace referencia el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Que, conforme a lo establecido por el tercer párrafo del artículo 176° del citado Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2007-EF corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, aprobar las fichas técnicas de aquellos bienes y servicios comunes que pueden adquirirse bajo esta modalidad;
Que, mediante Resolución Nº 094-2007-CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial; asimismo, mediante Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE se aprueba el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Electrónica, modificado por Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE, estableciéndose el procedimiento a seguir tanto para la inclusión y exclusión de bienes y/o servicios en el Listado de Bienes y Servicios Comunes como para la aprobación de las correspondientes fichas técnicas;
Que, de lo expuesto se aprecia que corresponde al CONSUCODE aprobar el Listado de Bienes y Servicios Comunes transables y las correspondientes fichas técnicas de los bienes y/o servicios que las Entidades del Sector Público podrán adquirir bajo la Modalidad de Subasta Inversa en cualquiera de sus dos formas, por lo que resulta conveniente su aprobación;
Que, a la fecha CONSUCODE ha aprobado quinientas sesenta y uno (561) fichas técnicas de bienes y servicios comunes para la Modalidad de Selección de Subasta Inversa;
De conformidad con lo dispuesto por los numerales 21) y 23) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2007-EF.
SE RESUELVE:
Artículo Único.-. Aprobar las fichas técnicas de los bienes comunes, para que obligatoriamente sean adquiridos bajo la modalidad de selección por Subasta Inversa, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución, y corresponden a los siguientes bienes:
562. Lomo Desmenuzado de Anchoveta en Aceite Vegetal
563. Anchoveta HG Congelada
564. Filete Deshuesado Enharinado de Anchoveta
565. Filete Deshuesado de Anchoveta
566. Conserva de Anchoveta Ahumada en Aceite Vegetal
567. Conserva de Anchoveta en Crema de Mostaza
568. Conserva de Anchoveta en Crema de Cebolla
569. Salchichas del Mar
570. Sopa Concentrada de Anchoveta tipo Serrana
571. Sopa Concentrada de Anchoveta tipo Menestrón
572. Sopa Concentrada de Anchoveta tipo Aguadito
573. Trozos de Pota en Agua y Sal
574. Pota Congelada
575. Nuggets de Calamar Gigante (Pota)
576. Milanesa de Calamar Gigante (Pota)
577. Hamburguesa del Mar
578. Hamburguesa de Calamar Gigante (Pota)
579. Galletas Proteinizadas con Anchoveta
580. Conserva de Anchoveta en Crema de Vino Tinto
581. Conserva de Anchoveta en Salsa de Tomate Especial
582. Conserva de Anchoveta en Aceite Vegetal
583. Conserva de Anchoveta en Salsa de Escabeche
584. Conserva de Anchoveta en Crema de Ajo
Regístrese y Comuníquese,
LUIS TORRICELLI FARFAN
PRESIDENTE |