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Comunicado Nº 001-2010/OSCE-PRE

 

 

  COMUNICADO Nº 001-2010(PRE) 

SOBRE LA DETERMINACIÓN DEL REQUERIMIENTO DE ALIMENTOS  PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
 
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) recuerdaa los funcionarios municipales, Comités de Administración, beneficiarios del Programa del Vaso de Leche y Comités Especiales encargados de conducir los procesos de selección para la adquisición de alimentos para dicho Programa, lo siguiente:
 
1.     Las adquisiciones de alimentos para el Programa del Vaso de Leche deben cumplir con las disposiciones de la Ley Nº 27470, modificada por Ley Nº 27712, y demás normas complementarias, entre las que se encuentra la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.
 
2.    De acuerdo con el numeral 2.2 de la Ley Nº 27470, el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de cada Entidad es el órgano responsable de seleccionar los insumos alimenticios conforme a las disposiciones establecidas en la normativa vigente sobre el Programa del Vaso de Leche. Para tal efecto, las “Organizaciones de Base, alcanzarán sus propuestas de insumos, previa consulta de los beneficiarios”.
 
3.      En la definición de los requerimientos técnicos mínimos de los alimentos que serán adquiridos para el Programa del Vaso de Leche,  debe tenerse presente que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4.1 de la Ley Nº 27470, debe adquirirse los alimentos de “mayor valor nutricional, adecuadamente balanceados y que tengan el menor costo”.
 
4.      De acuerdo con lo dispuesto en el citado numeral 4.1 de la Ley Nº 27470, en los procesos de selección para la adquisición de alimentos para el Programa del Vaso de Leche, “el Comité Especial deberá tener en cuenta los siguientes criterios: valores nutricionales, condiciones de procesamiento, porcentaje de componentes nacionales, experiencia y preferencia de los consumidores beneficiarios”.   
 

5.      El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en función de las atribuciones que le confiere las normas vigentes sobre contratación pública, comunicará a la Contraloría General de la República y/o a los Organismos de Control Institucional correspondientes la contravención de las disposiciones antes indicadas. 

                                                         

                                                            Lima, 23 de marzo de 2010                      

 

 
 
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