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Comunicados
Comunicado Nº 017-07 (PRE)
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
COMUNICADO Nº 017 -07 (PRE) 
 
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
COMUNICADO N° 017- 2007 (PRE)
 
 
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATCIONES
 
 
El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), recuerda a las Entidades bajo el ámbito de la normativa de las contrataciones y adquisiciones del Estado y usuarios en general, lo siguiente:
 
1._ Todas las Entidades del Sector Público bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se encuentran obligadas a elaborar, aprobar, modificar, difundir y ejecutar sus Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de acuerdo con lo dispuesto en la citada norma.
 
2._ El PAAC considerará todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule, incluso aquellas que se ejecuten en el marco de convenios internacionales, aquellas que tengan financiamiento externo o que se realicen en el marco de los convenios de administración de recursos. Sólo las adjudicaciones Menor Cuantía no programables están exceptuadas de ser incluidas en el PAAC.
 
3._ De conformidad con el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la convocatoria de cualquier proceso de selección sin su previa inclusión en el PAAC del ejercicio presupuestal que corresponda, carece de validez legal.
 
4._ El PAAC debe ser aprobado por el Tribunal de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponde, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura – PIA, debiendo ser publicado conjuntamente con le documento que lo aprueba, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado.
 
5._ Excepcionalmente y previa autorización del CONSUCODE, las municipalidades distritales ubicadas fuera de las provincias de Lima y Callao, que no tengan acceso a internet en su localidad, deberán remitirlos a este Consejo Superior por medios magnéticos, ópticos u otros que se determine, según remitirlos a este Consejo Superior por medios magnéticos, ópticos u otros que se determine, según el caso.
 
Adicionalmente, el PAAC aprobado estará a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la página web de ésta, si la tuviere, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproducción.
 
Lima, de diciembre de 2007
 
 
 
PRESIDENCIA DE CONSUCODE
 
 
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