NORMAS PARA UN DEBIDO EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA DEL SUPUESTO INFRACTOR
El Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad, Acordó que, en los casos que la Entidad no cumpla o cumpla parcialmente con remitir la documentación sustentatoria de los hechos o infracciones que imputa al contratista o postor no permitiéndose con ello que el Tribunal califique o tipifique debidamente dichas infracciones dentro de las causales de sanción administrativa; se resolverá no admitiendo a trámite el procedimiento sancionador bajo responsabilidad de la Entidad.
Publicado: 15.11.2001
|